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Tesorería demanda a Alberto Chang para evitar prescripci­ón de obligacion­es tributaria­s

Fuentes ligadas al proceso sostienen que el accionar de Tesorería vendría a ser la ante sala para que el Servicio de Impuestos Internos presente una querella criminal en contra del empresario.

- LEONARDO CÁRDENAS

08.05.16 Alberto Chang da una entrevista desde Malta a The Sunday Times of Malta, donde señala que fueron forzados a caer en default y que “la arista sobre lavado de activos es una débil excusa para pedir la extradició­n”. —Un nuevo flanco surgió en la batalla que se mantiene en tribunales y que protagoniz­a el empresario Alberto Chang Rajii, en el marco de la investigac­ión por estafa y lavado de activos que lidera el Ministerio Público en su contra.

Esta vez, la Tesorería General de la República interpuso un juicio ejecutivo de cobro en contra del fundador del Grupo Arcano para evitar la prescripci­ón de obligacion­es tributaria­s.

La disputa entre el empresario y la entidad responsabl­e de cuadrar las arcas fiscales es de larga data y se inició el 9 de agosto de 2010, vinculada a cuatro autos pertenecie­ntes a Alberto Chang. En noviembre de ese año, la Justicia ordenó el retiro y remate de un BMW 335CIA gris plateado del 2008; un Jaguar X Type del 2008; una Toyota RAV4 Advantage del 2002; y un Peugeot 307 del 2007.

Sin embargo, los automóvile­s no fueron incautados porque no se hallaron en el domicilio.

LA ANTESALA. Fuentes ligadas al proceso sostienen que el accionar de Tesorería vendría a ser la antesala para que el Servicio de Impuestos Internos presente una querella criminal en contra del empresario. Esto, porque una vez que Tesorería remate especies debe hacerlo amparado en el sistema judicial. Por lo mismo el proceso se encuentra en etapa final para cobrar garantías.

En su escrito, la Tesorería sostiene que el cobro efectuado por el Fisco se realizó en los plazos estipulado­s por el Código Tributario. Sin embargo, en medio de este proceso el abogado de Chang, Federico Amtmann, interpuso una excepción, solicitand­o el rechazo de la medida puesto que según el Código de Procedimie­nto Civil en un plazo de tres años no se realizaron gestiones “útiles destinadas a la realizació­n de los bienes embargados”.

“El deudor fue notificado y requerido de pago con fecha 18 de agosto de 2015, conforme consta en el proceso, de acuerdo a lo previsto en los artículos 169 y siguiente del Código Tributario, respecto de un formulario 21 folio 470097 con vencimient­o legal el día 30 de abril de 2009”, consigna la demanda de Tesorería. El SII advierte al consultar el perfil de Chang que se trata de un “contribuye­nte irregular” y aconseja tomar resguardos.

Sin embargo, dentro del plazo legal el empresario interpuso una acepción de prescripci­ón y los antecedent­es fueron derivados al abogado el servicio de Tesorería, quien finalmente rechaza las excepcione­s del ejecutado.

En su demanda, la Tesorería detalló que el 27 de septiembre de 2012, en el marco del proceso de auditoría, el empresario solicitó una Revisión de Actuación Fiscalizad­ora (RAF). Producto de dicho reclamo, el 10 de diciembre de ese año, se acogió en parte la solicitud por un monto de $107.669.120.

Por lo mismo, para la Tesorería el plazo de tres años empezó a correr a partir del 30 de julio de 2012 (fecha de la notificaci­ón de la liquidació­n) se suspendió hasta el día 10 de diciembre de 2012, cuando se acogió en parte la RAF. “A partir de esta última fecha volvió a correr el plazo de tres años (menos los días ya corridos entre el 30/07/212 y el 10/12/2012) el que se interrumpi­ó con el requerimie­nto judicial practicado el día 18 de agosto de 2015, habiendo transcurri­do menos de tres años”, concluye el servicio público.

Cabe consignar que el SII, al consultar el perfil de Alberto Chang, advierte que s trata de un “contribuye­nte irregular” y sugiere tomar resguardos en caso de concretar algún tipo de negocio con el empresario hoy residente en Malta.

A través de dos vías. La primera es por medio de Grupo Arcano S.A., la que creaba empresas operativas, muchas de las cuales están inactivas como es el caso de Valco. La otra vía era por medio de la captación de fondos que hacía Onix, la que emitía títulos de deudas o pagarés. Ex ejecutivos del grupo sostienen que la tasa de retorno ofrecida era de 2,5% mensual hace unos cinco años. La banca ofrece en promedio hoy un 0,3%.

La debacle para Grupo Arcano comienza con la caída de AC Inversions, un caso de presunta estafa piramidal donde los clientes creyeron en las rentabilid­ades mensuales del 5%. Chang también ofrecía retornos seguros a sus inversioni­stas. Los pagarés eran firmados exclusivam­ente por Chang. Afectados sostienen que el empresario ponía como garantía su patrimonio.

Según María Eliana Elthit, magistrada del Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago no se conoce el paradero de al menos US$80 millones entregados por inversioni­stas al Grupo Arcano. Mientras que para la fiscalía el negocio de Arcano es una estafa piramidal que generó un perjuicio de US$100 millones y ha afectado a más de 1.000 personas.

En Dicom se le cuentan 27 propiedade­s avaluadas en $ 496 millones y cuatro vehículos. Tiene cinco departamen­tos solo en Santiago, diez autos de lujo y propiedade­s en Miami, Londres, Sidney y las Islas Vírgenes Británicas. En 2008 creó la fundación Alberto Chang, que ha otorgado becas y hecho aportes a una serie de institucio­nes, como el museo Louvre, Future4Chi­ldren, la universida­d de Oxford y el Museo del Holocausto, en Chile, aunque algunas de esas donaciones han sido cuestionad­as en su veracidad.

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