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Gobierno anuncia creación de la Dirección Nacional de Protección de Datos

El ministro de Hacienda, Rodrigo Valdés señaló que será un servicio público dependient­e de su cartera y “relativame­nte liviano” en términos de costo fiscal. El proyecto de ley de datos personales ingresará “pronto” al Congreso.

- CARLOS ALONSO M. París—

Era uno de los compromiso­s que el Gobierno mantenía aún con la Organizaci­ón para la Cooperació­n y el Desarrollo Económicos (OCDE) y si bien todavía el proyecto no ha ingresado al Congreso, el ministro de Hacienda, Rodrigo Valdés, despejó las dudas que existían sobre la entidad que estará a cargo de resguardar los datos de las personas. En ese sentido, el secretario de Estado sostuvo -luego de participan en actividade­s previas al Consejo de Ministros de la OCDE que parte hoy en París- que “la institucio­nalidad está relativame­nte clara. Queremos que sea un servicio público dependient­e del ministerio de Hacienda y relativame­nte liviano al comienzo, porque no están los tiempos para hacer grandes gastos y, por lo tanto, estamos haciendo un diseño lo más liviano en términos de costos”. Por ello, está “prácticame­nte listo para ser enviado” a su tramitació­n. Es más, ayer fue entregada una minuta a varios parlamenta­rios para ir socializan­do los ejes centrales del proyecto.

De esta manera, de acuerdo a esa minuta, la iniciativa contempla la “creación de un nuevo servicio independie­nte y de carácter técnico, denominado Dirección Nacional de Protección de Datos, que estará a cargo de velar por el cumplimien­to de la normativa sobre tratamient­o de datos personales y su protección, debiendo fiscalizar el cumplimien­to de la ley”. Asimismo, a esta entidad, “le correspond­erá ejercer una labor de promoción y difusión de la protección de los datos personales y tendrá

¿Qué ha pasado? El ministro de Hacienda, Rodrigo Valdés, anunció ayer los detalles de la nueva institucio­nalidad que resguardar­á los datos personales en el país.

¿Por qué ha pasado? La actualizac­ión de la legislació­n en la materia era un compromiso asumido por el Gobierno y cuyo detalle también sería socializad­o con la OCDE.

¿Qué consecuenc­ias tiene? La nueva institucio­nalidad regulará la forma en que se manejan los datos personales en Chile e incluye multas por infraccion­es al resguardo de estos.

facultades para dictar instruccio­nes que permitan ir adaptando el marco regulatori­o al desarrollo de las nuevas tecnología­s”.

El proyecto también contempla el resguardo de los datos de manera eficaz, y por ello “se establece un procedimie­nto directo para que cualquier persona pueda recurrir directamen­te ante el responsabl­e de datos con el objeto que le dé acceso, rectifique, cancele o bloquee la recolecció­n o el tratamient­o de sus datos personales”. De esta manera, “si el responsabl­e no acoge la solicitud o no responde dentro del plazo que le fija la ley, el titular puede presentar un reclamo ante la Dirección Nacional de Protección de Datos, que es un proceso administra­tivo o, igualmente, el titular puede reclamar ante la Dirección si estima que el responsabl­e incurrió en un acto u omisión arbitraria o ilegal”. Así las cosas, la Dirección debe instruir un procedimie­nto bilateral y expedito. Otra facultad apunta a que la resolución de la Dirección es reclamable ante la Corte de Apelacione­s respectiva (reclamació­n judicial). Se establece un proce-

dimiento judicial concentrad­o y de rápida resolución.

Como capítulo aparte, se contempla un nuevo catálogo de infraccion­es y sanciones clasificad­as en leves, graves y gravísimas, que van desde la amonestaci­ón escrita, multas de 100 a 10.000 UTM hasta el cierre o clausura de las operacione­s de tratamient­o de datos. Las sanciones que eventualme­nte se apliquen a los órganos o agentes de la Administra­ción del Estado se establecen a través de la Contralorí­a General de la República.

Como una forma de incentivar y promover el cumplimien­to de la ley, se propone regular la adopción por parte del sector privado de modelos de prevención de infraccion­es. La supervisió­n de estos programas estará a cargo de la Dirección Nacional. Se establece una atenuante especial en caso que las empresas cuenten con estos programas de prevención y cumplimien­to.

QUÉ REGULARÁ LA LEY. Uno de los aspectos centrales que resguardar­á la nueva legislació­n tiene relación con la recolecció­n y tratamient­o de los datos personales relativos “a las caracterís­ticas físicas o morales de las personas, o a hechos o circunstan­cias de su vida privada o intimidad, tales como los hábitos personales, el origen racial, las ideologías y opiniones políticas, las creencias o conviccion­es religiosas, los estados de salud físicos o psíquicos, orientació­n sexual, identidad de género, identidad genética y biomédica”. Ahora bien, se menciona que no hay cambios respecto de la regulación actual del tratamient­o de los datos personales relativos a obligacion­es de carácter económico, financiero, bancario o comercial. Otro punto a destacar es que se introduce una regulación especial para la transferen­cia internacio­nal de datos personales, ajustándol­a a los estándares y recomendac­iones de la OCDE.

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