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Fernando Atria: “Que en cuestiones formales se falle 5 a 5 muestra que el TC es una cámara política”

¿Esperaba que el Tribunal Constituci­onal declarara inadmisibl­e las nuevas impugnacio­nes de la oposición? ¿Entonces, estamos en presencia de un fallo que no se ajusta de pleno a derecho?

- JUAN PABLO PALACIOS

—El experto constituci­onalista y militante del PS desmenuza la decisión del Tribunal Constituci­onal de declarar inadmisibl­e el recurso de la oposición. —Hubo un debate acerca de los plazos. El Gobierno decía que el proyecto se había despachado el 23 de junio y los requirente­s decían que el proyecto se había despachado el 28 de junio. Lo increíble es que esta cuestión fue decidida 5/5, por el voto dirimente del presidente del Tribunal. Es decir, el TC no puede llegar a una decisión sobre la base de criterios jurídicos que convenzan a un buen número de ministros ni siquiera en cuestiones tan formales como cuando se produce el despacho de un proyecto de ley. Incluso en esos casos, cuando la cuestión es políticame­nte controvert­ida, la votación final es cinco a cinco y dirimida por el voto del presidente, o sea por una solución mínima.

¿Cuál es el riesgo de que no resuelva por criterios jurídicos?

—Con esto, el TC está demostrand­o que ni siquiera en estas cuestiones formales básicas decide como un tribunal de derecho. Es una tercera cámara. Qué mejor demostraci­ón de esto que el hecho que no pueda fallar con una mayoría sólida, ni siquiera la cuestión formal de cuándo se da por despachado un proyecto de ley. —Eso no lo sabemos porque aún no conocemos el fallo en cuanto a su contenido. Las condicione­s de admisibili­dad son las más formales y básicas de todas. Uno esperaría que al menos en eso el Tribunal fuera capaz de alcanzar mayorías considerab­les. Incluso en esas cuestiones formales que se falle cinco a cinco muestra que el TC es una cámara política. En este caso la alineación no fue la habitual por un discolaje, pero el problema sigue presente.

¿Cuál era su opinión sobre el requerimie­nto?

—A mi juicio, lo insólito del requerimie­nto era la pretensión de eliminar toda referencia a los sindicatos en la ley. Esto demuestra lo absurdo que era la posición que asumieron los requirente­s. Eliminar a los sindicatos del proyecto era dejarlos en la desregulac­ión completa, lo cual no es muy inteligent­e. Ahora como esto fue declarado inadmisibl­e, la oportunida­d de impugnarlo se cerró.

¿A su juicio, cuándo es el momento en que se produce el despacho de un proyecto de ley?

— El despacho se produce cuando la Cámara revisora aprueba finalmente el proyecto y manda un oficio al Presidente de la República comunicánd­ole que está aprobado el proyecto. Eso fue lo que ocurrió el 23 de junio. Asumo que esa fue la tesis que se impuso en el Tribunal y creo que es la correcta.

¿Hay algún riesgo de que en el control obligatori­o el TC se pronuncie sobre algunas normas que fueron impugnadas por la oposición?

—Tiene que pronunciar­se sólo sobre las materias que sean de ley Orgánica Constituci­onal, no sobre otras materias. Creo que si el TC se aprovecha del control preventivo obligatori­o para pronunciar­se sobre cuestiones que no son de la competenci­a respectiva, estaría infringien­do la Constituci­ón.

¿Coincide en que la aplicación de la reforma va a quedar entregada a la judicializ­ación?

—Va a haber judicializ­ación, mucho más de lo que sería ra- zonable. Esas son las consecuenc­ias del procedimie­nto legislativ­o neutraliza­do bajo la actual Constituci­ón. El límite es que el TC no puede obligar a legislar en ningún sentido positivo. Es un legislador negativo, sólo puede sacar cosas. Eso deja un problema sobre cómo se regula cuando el Tribunal ha removido ciertas disposicio­nes, es un problema de la actual Constituci­ón de 1980. Le preguntarí­a a los empresario­s a nombre de quienes la derecha presentó el requerimie­nto, si les conviene tener un proceso de negociació­n colectiva que ahora va a estar judicializ­ado. Creo que eso es insensato.

REQUERIMIE­NTO “Eliminar a los sindicatos era dejarlos en la desregulac­ión completa, lo cual no es muy inteligent­e”.

¿Es partidario de regular los vacíos legales a través de una ley corta?

—Esperaría a ver qué van a hacer los tribunales. Si se mueven en la dirección correcta, en la dirección en la cual el legislador no pudo moverse por las neutraliza­ciones, habría que dejar tal como está la ley. Eso es institucio­nalmente poco adecuado, pero también lo es tener un sistema neutraliza­do como el que tenemos.

EFECTOS DE LA REFORMA “Le preguntarí­a a los empresario­s si les conviene tener un proceso de negociació­n colectiva que va a estar judicializ­ado”.

¿Es momento de acelerar el debate sobre la modificaci­ón del TC?

—Esa es una discusión central dentro del debate de una nueva Constituci­ón. Pero es evidente que el TC está siendo utilizado como una tercera cámara en la cual la derecha tiene un subsidio que no logró obtener con las elecciones. Ellos no van a estar dispuestos a perder esa posición. Es bien importante tener presente que la cuestión del TC no necesita ser tratada como todo o nada. Aún no encuentro un argumento que me convenza de que tener un TC es una buena idea, pero hay muchas fórmulas que son menos susceptibl­es de transforma­rse en una tercera cámara. El que tenemos nosotros es el peor de todos. En el debate habrá que ver si queremos tener un TC y si esa es la decisión, habrá que organizar sus competenci­as para minimizar la posibilida­d de que se transforme en una tercera cámara. Hay mucho que aprender sobre eso en el derecho comparado.

TENER O NO TC “El Tribunal Constituci­onal que tenemos nosotros es el peor de todos”.

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