Informe de LyD critica ambigüedades en dictámenes sobre servicios mínimos
Documento señala que no hay claridad en qué pasará en los casos en que las negociaciones no cumplan con los plazos fijados en la norma transitoria para fijar servicios mínimos.
—Un estudio de Libertad y Desarrollo (LyD) plantea dudas y críticas sobre elementos clave en la implementación de la Reforma Laboral.
El documento, elaborado por el abogado del Programa Legislativo de la institución, Sergio Morales, indica que “con la nueva ley laboral se abre una serie de incertidumbres respecto de ciertos contenidos sobre los cuales el Ejecutivo renunció a la decisión de enviar una ley adecuatoria”.
En particular, el experto sostiene que en los dos dictámenes que ha emitido la Dirección del Trabajo a la fecha, se aprecia “una serie de vacíos en cuanto a su contenido, principalmente en materia de servicios mínimos y equipos de emergencia”.
En el estudio, Morales critica que en el dictamen sobre contenido y entrada en vigencia de la ley, éste no se pronuncia respecto de los casos en que las negociaciones no cumplan con los plazos fijados en la norma transitoria para fijar servicios mínimos,
¿Qué ha pasado? Un informe de Libertad y Desarrollo plantea algunas de las dudas que dejaron los dictámenes de la DT respecto de la implementación de la Reforma Laboral.
¿Por qué ha pasado? La DT ya ha publicado dos dictámenes respecto de la nueva normativa laboral, con lo que se intenta solventar los vacíos dejados por la reforma, tras ser promulgada sin los artículos impugnados por el TC, y ante la falta de una ley adecuatoria”.
¿Qué consecuencias tiene? LyD dice que, entre otras cosas, no hay claridad sobre qué pasará en los casos en los que no se llegue a acuerdo respecto de los servicios mínimos entre trabajadores y empresa dentro de los plazos establecidos. “caso en el cual todo pareciera indicar que se debiera recurrir a la norma permanente”. Ahora, esta norma indica que “los servicios mínimos y los equipos de emergencia deberán ser calificados antes del inicio de la negociación colectiva”.
Morales dice que esto implicaría que la negociación “no podría iniciarse sin que antes se fijen los servicios mínimos, y que los instrumentos colectivos que regían hasta ese momento perderán su vigencia al término del plazo, debiendo iniciarse una nueva negociación como si no existiera contrato o convenio colectivo y, por consiguiente, sin piso mínimo”.
Cabe indicar que la figura de los servicios mínimos y equipos de emergencia en las empresas que pueden declararse en huelga dentro de un proceso de negociación colectiva fue establecida en la ley que moderniza las relaciones laborales y que entrará en vigencia el 1 de abril de 2017. La operatoria e interpretación del sistema quedó a cargo de la DT.
Respecto al dictamen relativo a los servicios mínimos y de emergencia, Morales cuestiona que a la hora de fijar los criterios para la determinación de estos servicios, “deben interpretarse de manera restrictiva”. Esto, a juicio del investigador de LyD, “deja entrever la voluntad del Gobierno de dar una preponderancia al derecho a huelga por sobre los derechos de los empleadores, relativo a la propiedad y la libertad de empresa”.
Una crítica similar realizó hace un par de semanas el ex director del Trabajo ( DT), Marcelo Albornoz, cuando indicó a PULSO que “el Estado tiene que promover el diálogo y el acuerdo directo entre Restrictiva El dictamen dice que los criterios para servicios mínimos deben interpretarse de forma restrictiva.
las partes. Por lo tanto, sería conveniente que se clarificara que cuando hay un acuerdo suscrito, la DT no debería tener atribuciones para calificar o rechazar un acuerdo. Creo que hay que entregar a las partes la libertad y la autonomía para poder resolver y acordar. Sería contraproducente que la DT revisara los acuerdos y los objetara. Eso no tiene justificación legal ni procedimental”. ACUERDO PARCIALES. El estudio de LyD advierte que otro tema omitido tanto por el legislador como por el dictamen dice relación con la posibilidad de recoger “acuerdos parciales” respecto de los servicios mínimos y los equipos de emergencia, y de si éstos debieran o no ser respetados por la DT al momento de emitir su pronunciamiento.
Morales dice que esa situación “será muy común que ocurra, más considerando que en empresas en que existen varios sindicatos, prevalecen, muchas veces diferencias entre ellos mismos que pueden generar que fracasen las negociaciones y se deba recurrir al ente público para que resuelva”.