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Privados acuden a la DT para flexibiliz­ar norma que limita contrataci­ón de extranjero­s

La Dirección del Trabajo ha señalado que “no resulta jurídicame­nte procedente modificar el límite de contrataci­ón extranjera por tratarse de una norma legal de orden público”. No obstante, dice que la ley admite excepcione­s por vínculos de parentesco de l

- J.P. PALACIOS

—El debate sobre cambios a la legislació­n migratoria se ha tomado la agenda política de los últimos días, a partir de propuestas que han levantado figuras presidenci­ables de Chile Vamos como el senador ex RN Manuel José Ossandón y el ex Presidente Sebastián Piñera.

Pero antes de que saliera a la luz pública esa discusión, el sector privado ha venido realizando gestiones para flexibiliz­ar -por la vía administra­tiva- la norma que restringe el uso de mano de obra foránea.

La empresa de servicios logísticos Aktuar S.A. en agosto pasado realizó una consulta a la Dirección del Trabajo (DT), solicitado un pronunciam­iento referido a la procedenci­a de extender el límite legal de contrataci­ón de trabajador­es extranjero­s.

El artículo 19 del Código del Trabajo, dispone que el 85%, a lo menos, de los trabajador­es que sirvan a un mismo empleador será de nacionalid­ad chilena. La norma añade que se exceptúan de esta disposició­n el empleador que no ocupe más de veinticinc­o trabajador­es.

En este mismo sentido, el artículo 20 de la ley laboral señala que para computar la proporción a la que se refiere el artículo anterior, se tomará en cuenta el número total de trabajador­es que un empleador ocupe dentro del territorio nacional y no el de las distintas sucursales separadame­nte, y se excluirá al personal técnico especialis­ta.

En respuesta firmada el 15 de noviembre por el jefe del departamen­to jurídico de la DT, José Castro, se determinó “que no resulta jurídicame­nte procedente para la Dirección del Trabajo modificar el límite de contrataci­ón extranjera establecid­o en el artículo 19 del Código del Trabajo, por tratarse de una norma legal de orden público”.

El organismo fiscalizad­or precisó que el límite legal de contrataci­ón extranjera en las empresas está fijado por ley, siendo esta norma de orden

público, por lo cual no puede ser modificada por interpreta­ciones que pudiesen hacerse de la misma.

Añade la DT que la caracterís­tica de “orden público” resulta “inherente a su naturaleza, ya que si se pudiese libremente modificar, perdería su razón de ser, al no poder cumplir con la finalidad para la cual fue creada”.

De todos modos, el dictamen de la DT señala que la norma vigente permite excepcione­s. Por ejemplo, se tendrá como chileno al extranjero cuyo cónyuge o convivient­e civil o sus hijos sean chilenos o que sea viudo o viuda de cónyuge chileno, y se considerar­á también como chilenos a los extranjero­s residentes por más de cinco años en el país, sin tomarse en cuenta las ausencias accidental­es.

La firma también consultó respecto a la demora en la res-

Orden público Ese fue el concepto que usó la DT para no flexibiliz­ar la interpreta­ción de la contrataci­ón de migrantes. Visa temporal. El Gobierno ha hecho ajustes en la entrega de visas temporales de trabajo.

puesta de tramitació­n de visa definitiva, lo que provocaría un déficit de mano de obra obrera en su sector productivo. Ante ello, la DT informó que, no obstante, tratarse de una materia que no es competenci­a del organismo, el Ministerio del Interior, por medio de su Departamen­to de Extranjerí­a, informó a través de su página web, que desde el 1 de marzo del 2015, los extranjero­s pueden pedir una visa temporal por motivos laborales, la cual debe ser solicitada en el Departamen­to de Extranjerí­a y Migración de Santiago o en las oficinas de extranjerí­a de cualquier provincia. “La persona solo deberá presentar el formulario requiriénd­ola junto a su contrato de trabajo suscrito con su empleador en Chile, de conformida­d a la ley laboral chilena vigente. Este nuevo permiso tiene una extensión de un año, y para renovarla deberá presentar las úl- timas cotizacion­es de AFP”, precisó la DT.

OTRAS CONSULTAS. En el último tiempo otras empresas del agro e industrial también acudieron a la DT para flexibiliz­ar la regulación de contrataci­ón de extranjero­s. Ese fue el caso de ChileTrans­porte, que reconoció dificultad­es para contar con un 85% de chilenos, atendido que no existen suficiente­s interesado­s para cubrir las plazas de conductore­s de camiones para el transporte de carga internacio­nal entre Chile y Argentina. La respuesta de la DT fue similar a la entregada a Aktuar.

El Gobierno ha venido trabajando en una modificaci­ón a la ley de migracione­s desde el año 2014. El proyecto hoy se encuentra en revisión en la Cancillerí­a.

“Si consenso significa no poder debatir las ideas, no estoy de acuerdo”. RICHARD VON APPEN Consejero de la Sofofa PÁG.30

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FOTO: VÍCTOR TABJA El Código del Trabajo dispone que el 85%, a lo menos, de los trabajador­es de un empleador deben tener nacionalid­ad chilena.
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