LyD y dictamen de grupos: “Desperdicia dar certeza jurídica”
Documento dice que pronunciamiento de la DT, que evitó regular a los grupos negociadores, cae en imprecisiones y contradicciones y pide zanjar tema por ley.
—Una dura crítica contra el dictamen de la Dirección del Trabajo (DT), que declaró la incompetencia del servicio para regular con un procedimiento de negociación colectiva reglada a los grupos negociadores, realizó a través de un informe el Instituto Libertad y Desarrollo (LyD).
“El dictamen cae en una serie de imprecisiones y contradicciones, atendido que, en este caso, ante la consulta de un interesado, el organismo está llamado a resolver un caso concreto, lo cual en caso alguno implica legislar, sino que resolver administrativamente una situación particual lar mediante la integración de normas jurídicas a través de técnicas como la analogía y la aplicación directa de la Constitución Política en lo que respecta a la garantía fundamental de los trabajadores -no sólo de los sindicalizadosa negociar colectivamente en igualdad de condiciones. Al respecto sólo era preciso resolver en consonancia con la interpretación genuina del sentido y alcance de este derecho fijada con antelación por el mismo Tribunal Constitucional al declarar inconstitucional la titularidad sindical y todas sus normas relacionadas”, dice el documento del think tank ligado a la oposición que preparó el abogado Sergio Morales.
El texto ahonda en su análisis, señalando que “parece del todo contradictorio negarse a resolver este asunto y acto seguido, pronunciarse
Recursos
LyD anticipa que podrían presentarse recursos de protección para garantizar el derecho de los grupos.
declarar que los acuerdos colectivos de los grupos negociadores no se rigen por el Código del Trabajo, dejando entrever una absoluta precariedad en el procedimiento en que se negocian y en su fuerza obligatoria. Asimismo, indica que estos acuerdos se negocian de modo no reglado, no es obligatorio al empleador negociar, y que los trabajadores durante este período carecen de fuero y les está proscrito el uso del derecho a huelga, todo lo cual no es más que una vulneración flagrante a la Constitución y a los derechos fundamentales de los trabajadores que optan libremente por no sindicalizarse”.
Advierte que el dictamen “desperdicia una oportunidad única para dar la debida certeza jurídica a las relaciones laborales colectivas, tan necesarias en la víspera de la entrada en vigencia de la nueva legislación el próxi-
“La ausencia de un proyecto de ley que ponga término a este problema implicará un aumento desmedido de conflictividad”.
SERGIO MORALES Abogado programa legislativo LyD
mo primero de abril”.
Ante este escenario, plantea que el llamado es al Ejecutivo, quien tiene iniciativa exclusiva para el envío de una ley adecuatoria, que regule modalidades y procedimientos de negociación colectiva y que responda de la forma más fiel a lo dictaminado por el Tribunal Constitucional, quien reconoció el derecho de los trabajadores a negociar bien sea como sindicatos o como grupos negociadores.P JP