Estándares extranjeros sugieren congelar hasta dos años “puerta giratoria” público-privada
Además del período de “cooling off”, que restringe a un ex funcionario pasar al sector privado, organismos internacionales aconsejan una supervisión, que permita estar al tanto del nuevo puesto de trabajo de la ex autoridad.
— Tras darse a conocer el retorno de Rodrigo Vergara al directorio de Besalco, a sólo tres meses después de dejar la presidencia del Banco Central, surgió la discusión sobre la famosa “puerta giratoria” entre el mundo público y privado. Regulaciones pro transparencia y de conflictos de interés en el mundo avanzan en este campo, para evitar que este tipo de movimientos dañen la confianza de la ciudadanía en sus autoridades.
Chile no es el único país que enfrenta este dilema ético. El debate se ha suscitado en Estados Unidos con el paso del ex presidente de la Fed, Ben Bernanke, a Citadel y el de ex secretario del Tesoro, Tim Geithner, a Warburg Pincus. En el Reino Unido fue la contratación del ex primer ministro, Tony Blair, en JP Morgan y en Suiza la del ex líder del banco central, Philipp Hildebrand, en BlackRock.
“Si bien el intercambio de conocimientos entre el sector público y el sector privado puede ser positivo, la situación también puede presentar graves conflictos de interés posteriores a los empleos y antes del empleo, con el potencial de captura normativa e institucional”, indica un informe de Transparencia Internacional.
En ese marco, la reglamentación internacional contempla el “coolingoff”, es decir,
P• ¿Qué se busca? Asegurar la independencia e imparcialidad de autoridades públicas.
• ¿Cómo recomiendan hacerlo? Restringiendo la puerta giratoria, es decir, que se establezca un período en el que la ex autoridad esté impedida de pasar al sector privado con el que se relacionó.
• ¿Qué ocurre en el mundo? Canadá, Irlanda y Polonia consideran un “cooling off” de un año, mientras UK, Japón y Holanda de dos. En Chile son 6 meses para quienes están en cargos de fiscalización. períodos en los que el ex titular no puede ingresar a organizaciones con las que haya tenido relaciones cuando estaba en el cargo público durante un determinado tiempo. De esta manera, se aseguran que las autoridades actúen con independencia e imparcialidad. Según Manuel Arís, director de incidencia de Espacio Público, “la experiencia internacional contempla recursos para el post empleo de sujetos obligados, y períodos de tiempo de inhabilidad para asumir cargos en el sector privado relacionado al cargo anteriormente detentado en el sector público, que oscila entre los 6 meses y los dos años”. Uno de los casos que se destacan en el extranjero es el de Canadá (ver recuadro), que incluye este tipo de regulaciones en su Ley de Conflictos de Interés. En ella se consigna que un año antes y un año después del día de su salida del sector público, el ex titular no podrá recibir ofertas de trabajo y ce- • Las regulaciones post empleo de autoridades están integradas en la Ley de Conflictos de Interés.
• Ningún ex titular de una oficina pública “dará asesoramiento a su cliente, socio comercial o empleador utilizando información obtenida en su condición de titular de una oficina pública”.
• También considera que un año antes y un año despúes del día de su salida del sector público, el ex rrar un contrato “con una entidad con la que tenga relaciones oficiales directas o significativas” en el cargo. En países como Irlanda y Polonia también se ha introducido una política de un año, mientras que UK, Japón y Holanda tienen una política de dos años.
Sin embargo, organismos internacionales como la OCDE llaman la atención respecto a las medidas que se han tomado para que se cumplan efectivamente estas normas. Así, recomiendan, entre otras cosas, obligar “a los antiguos miembros del gobierno a informar periódicamente sobre su situación laboral actual durante el período de “cooling off”. Es así como funciona en Noruega, donde esa información es titular no podrá recibir ofertas de trabajo y cerrar un contrato “con una entidad con la que tenga relaciones oficiales directas o significativas” en el cargo.
• Tampoco podrá hacer declaraciones “por o en nombre de cualquier otra persona o entidad a cualquier departamento, organización, junta, comisión o tribunal con el cual haya tenido relaciones”, durante un año posterior a su salida.
pública y está disponible en Internet, facilitando el escrutinio público.
CHILE EN PAÑALES. En Chile la regulación es más tenue. En la ley de normas bases de la Administración Pública, el artículo 58 contempla un período de seis meses para que los fiscalizadores, de primer y segundo nivel jerárquico no presten servicios en el sector privado que supervisaron. No obstante, por no contener multas, la Comisión de Probidad (Eduardo Engel) planteó la necesidad de endurecer la disposición, lo que se está realizando con el proyecto de conflicto de intereses en primer trámite constitucional en el Senado, sin mucho avance.
Esta iniciativa propone que los fiscalizadores, nivel 1 y 2, no puedan desempeñarse durante tres meses en empresas supervisadas recibiendo el 75% de compensación de su sueldo anterior; el plazo se amplía a tres meses más de prohibición absoluta a desempeñarse en firmas o mercados en que hayan tenido intervención directa en los últimos 12 meses.
Estas entidades son aparte de las superintendencias, la Unidad de Análisis Financiero, el Servicio de Impuestos Internos, Aduanas, la dirección de compras públicas, y el Sernac si se aprueba el proyecto de ley que le sube de peldaño.
Este cerrojo se adelantó en la ley 21.000 que crea una Comisión para el Mercado Financiero donde se establecieron estos límites para los comisionados y funcionarios de la comisión después de 6 meses de haber cesado en el cargo, con multas desde 50 UTM hasta 1.000 UTM; y has ta 4.000 UTM para las empresas que infrinjan la norma.
“En Chile se discute en el Senado un proyecto de ley para perfeccionar la regulación, que actualmente no contempla, por ejemplo, al Banco Central, entre otros organismos que sí debieran estar contemplados en una regulación de alto estándar de la puerta giratoria”, precisa Arís.P