FNE actualiza normativa y crea institucionalidad para acceder a delación compensada
La última guía respecto a la delación compensada restringe los beneficios sólo a los dos primeros delatores. Además, establece la posibilidad de poder hacer consultas hipotéticas para saber si las exenciones de multa o cárcel están disponibles o no.
—Tras meses de trabajo y variadas consultas, la Fiscalía Nacional Económica (FNE) publicó ayer la Guía Interna sobre Delación Compensada en Casos de Colusión, que viene a actualizar los lineamientos creados en 2009 sobre los beneficios de exención y reducción de multas en carteles.
Luego de que a mediados del año pasado se publicara la ley que sanciona con penas de cárcel los delitos de colusión, esta guía incorporó que el primer postulante que aporte antecedentes a la FNE sobre algún cartel, no sólo se eximirá de la multa, sino también de la sanción penal. Además, quedara libre de la sanción de disolución de la persona jurídica.
Quien llegue segundo, tendrá una reducción de un 50% de la multa, y la rebaja de un grado en la pena de cárcel. Esto, con excepción de que esta persona aporte antecedentes relativos a un segundo cartel. Ahí entrará a correr lo que se denomina Delación Compensada Aumentada (amnesty plus), donde si bien se mantendrá la reducción planteada respecto al primer cartel, logrará todas las exenciones respecto al segundo hecho de colusión que denuncie.
Cualquier persona natural o jurídico podrá solicitar el beneficio. Para ello, primero deberá pedir el Indicador de Postulación, que dice relación con el lugar de postulación en que se encuentra, con el objeto de que se le reserve dicho cupo, mientras se reúnen los antecedentes. Si bien, antes esa solicitud se hacia sólo vía mail, ahora se podrá hacer vía telefónica o por correo electrónico. Luego de ello, la FNE establecerá un plazo para que la persona o empresa solicite formalmente el beneficio y entregue los antecedentes.
La nueva guía, además, incluye la posibilidad de establecer consultas hipotéticas, sin necesidad de identificarse, con la finalidad de saber si están disponibles los beneficios. Sin embargo, esta consulta no asegura la disponibilidad de los beneficios; sólo al momento de solicitar el Indicador de Postulación se reserva el cupo.
El postulante podrá desistirse de su solicitud de beneficios hasta antes del otorgamiento del beneficio provisorio, paso previo para acceder a la exención de manera definitiva. De ser así, el postulante perderá todo derecho, se le devolverán los antecedentes y los funcionarios de la FNE que hayan trabajado en el caso, no serán designados para intervenir en ese mercado específico.
NUEVA INSTITUCIONALIDAD. Si bien la FNE lleva ya años trabajando con carteles y con el mecanismo de delación compensada, es ahora en esta nueva guía- donde establece una institucionalidad acorde. De esta manera, se crea el cargo del Encargado de la Delación Compensada, que es quien tendrá a su cargo la comunicación directa con los postulantes y acreedores de los beneficios. Sería el fiscal Nacional Económico quien daría a conocer quién ocupara esa función próximamente. Además, habrá un equipo de delación compensada, quien analizará los antecedentes y le recomendará al fiscal la aceptación o rechazo de la Solicitud de Beneficios.
En este escenario, el fiscal Nacional Económico será quien apruebe o no la entrega de beneficios; el otorgamiento del beneficio provisorio y su revocación.
Asimismo, en la nueva guía se establece de manera expresa la confidencialidad detrás de las delaciones. Esto, en el marco de las disputas que han habido con el Ministerio Público por la no entrega de antecedentes. Así se señala que
“en el caso de que se requiera por o a través de un Tribunal o autoridad, nacional o extranjera, el acceso a cualquier tipo de información entregada por un postulante (...), la FNE procurará proteger la confidencialidad de dicha información, utilizando los medios que la ley le franquea”. En esa misma línea, asegura que en el caso de carteles internacionales, la FNE podrá solicitar al postulante que entregue una dispensa respecto de una o más de las jurisdicciones en las cuales ha solicitado clemencia o delación compensada, o celebrado acuerdos de colaboración, por la misma conducta colusoria, de manera que eximan de la obligación de confidencialidad a dichas agencias respecto a la FNE en lo que concierne a dichas solicitudes o negociaciones y en cuanto se refieran a las conductas objeto de la postulación ante la Fiscalía. Si es que se cierra la investigación, la autoridad antimonopolio le devolverá los antecedentes al postulante y se eliminará cualquier copia que esté en manos de la FNE.P