Bolsa de Valparaíso pierde en primera instancia demanda contra BEC y Bolsa de Santiago
Tribunal de primera instancia declaró prescrita la demanda de la plaza de Valparaíso. Arie Gelfenstein, gerente general del centro bursátil, adelantó que acudirán a la Corte de Apelaciones para revocar la sentencia.
—Después de tres años de proceso judicial, la Bolsa de Valparaíso (Bovalpo), perdió la demanda por competencia desleal e indemnización de perjuicios en contra de la Bolsa de Comercio de Santiago (BCS) y la Bolsa Electrónica (BEC). La plaza porteña alegaba que sus pares hace más de 22 años que mantienen “conductas desleales y abusivas”. Esto, por la eliminación de las operaciones interbolsas en 1999, luego impidiendo que éstas se materialicen en 2002, para finalmente imponer “arbitrariamente” el cobro de peajes. De este modo, Bovalpo interpuso la acción reivindicatoria, solicitando que se declaren como “actos de competencia desleal” una serie de actuaciones de la BEC y la BCS sobre el sistema de interconexión de las tres plazas. En su demanda solicitó “que se ordene la cesación” de dichos actos” y que “se condene a los demandados al pago de los perjuicios ocasionados”.
Sin embargo, la jueza interina del el 5° Juzgado Civil de Valparaíso Patricia Zavala Astudillo, sostuvo que de acuerdo a la prueba rendida no resulta posible establecer que la BEC -representada por el abogado socio de Alcaíno Abogados, Marcelo Giovanazzihaya ejecutado alguna acción que pudiese ser calificada de competencia desleal. Aunque confirmó que la BCS efectuó cobros de derecho para operaciones de arbitraje, éstas fueron eliminadas por resoluciones posteriores, por lo que quedarían prescritas. “No se ha acreditado en la causa que las demandadas hayan ejecutado actos que atenten a la libre competencia”, dice el fallo. “Nos parece muy positiva esta sentencia. La BEC había sido injustamente involucrada en esta demanda, por lo que estamos contentos con el fallo”, comentó el gerente general de la BEC, Juan Carlos Spencer. Desde la BCS, en tanto, aseguraron estar evaluando la resolución.
SEGUNDA PARTE. La disputa podría no estar completamente finalizada. “Existen las instancias legales para apelar y lo vamos a hacer. Todavía tenemos la confianza de antes. Aquí no se nos ha dicho que no tenemos la razón, sino que aquí sólo se nos ha manifestado que esta es una acción prescrita. Nosotros creemos que no es así”, sostuvo el gerente general de Bovalpo, Arie Gelfenstein.
En su dictamen, la magistrada -que condenó en costas a Bovalpo- validó el sistema de operación bursátil. “Las bolsas de valores cuentan con sistemas de intercambio de información en tiempo real de las mejores ofertas de compra y venta, facilitando la realización de las operaciones interbolsa, en los términos establecidos en las instrucciones y en el acuerdo firmado por las tres bolsas en el año 2005”, sostuvo el dictamen.
La sentencia consignó que las resoluciones N°556 y N° 647 de la Comisión Resolutiva dejaron sin efecto el denominado cobro de peaje a las operaciones de arbitraje interbolsa por parte de la Bolsa de Comercio de Santiago.
“No existen antecedente probatorio en la causa, que dé cuenta que tal cobro se haya efectuado con posterioridad, de manera que no existiendo desde el año 2002, no es posible emitir una providencia de mérito favorable a la demandante al respecto”, concluyó el tribunal.
La demanda de Bovalpo en 2014 fue interpuesta en paralelo a una investigación que llevaba adelante la Fiscalía Nacional Económica (FNE). El proceso de este último organismo terminó con la recomendación por parte del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) al ministerio de Hacienda para que se establezca un sistema que interconecte las bolsas con calce vinculante y automático. La acción de la fiscalía fue usada como argumento por la BCS en el juicio. “La FNE determinó que no hay ninguna conducta de la BCS que pueda ser determinada o calificada como contraria a la libre competencia”, dijo la plaza, representada por Cristóbal Eyzaguirre, socio de Claro y Cía.P