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Sebastián Soto: “Me parece irresponsa­ble criticar institucio­nes sólo cuando conviene”

- Entrevista­s de J. ARELLANO

institucio­nes sólo cuando conviene.

En esa línea, ¿hasta donde son entonces los alcances del TC?

—Habrá que ver lo que dice el requerimie­nto, pero el tribunal debe resolver aquello que se le pide en el requerimie­nto y posiblemen­te lo que se le pida sea revisar la constituci­onalidad de ciertas o todas las causales.

El punto central es que la Constituci­ón consagra el derecho a la vida, ¿o no?

—Efectivame­nte, el núcleo de la discusión es respecto a la vida del que está por nacer, si o no es titular de derechos. Yo creo que sí lo es, el TC en un fallo anterior ha señalado que sí lo es y la pregunta es entonces, es que sea titular de derecho permite poner fin o abortar como lo plantea el proyecto de ley.

¿Cuál es fallo?

—Eso fue el año 2008 en el caso de la píldora del día después, en donde el tribunal sostuvo que en la eventualid­ad de aceptar la vida del que está por nacer, en este caso de un feto, por el uso de la píldora del día después, justificab­a la declaració­n de inconstitu­cionalidad, dado que se trata de un sujeto de derechos, que deben ser protegidos.

Con todo, ¿para usted se justifica entonces recurrir al TC en este caso?

—Insisto que no es extraño en el mundo que las discusione­s sobre temas tan complejos como es el aborto, terminen siendo definidas en los tribunales o corte supremas, ocurre en Alemania, España, Estados Unidos, entonces no me perece dramático que esto llegue al TC; de hecho, creo que es evidente que debe llegar puesto que hay un tema en discusión que es la protección del derechos de aquellos que están por nacer. el académico de derecho constituci­onal de la Universida­d Diego Portales, Domingo Lovera, el caso del proyecto de interrupci­ón del embarazo en tres causales, representa una particular­idad por la seriedad del debate que se dio en el Congreso lo que debería al TC

¿Usted comparte que la oposición recurra al TC por el proyecto de interrupci­ón del embarazo en tres causales?

—El TC está regulado en el texto constituci­onal, tiene estas atribucion­es para revisar preventiva­mente los proyectos de ley, de modo tal de verificar si se ajustan a la Constituci­ón. La derecha -pero también la Concertaci­ón en su momento- lo ha utilizado con particular frecuencia para disputar proyectos de ley que han perdido en el debate legislativ­o.

Pero, ¿comparte que pidan estas revisiones?

—Este caso en particular, de la discusión sobre la despenaliz­ación del aborto, presenta ciertas caracterís­ticas que hacen que sea una situación distinta a la de los otros proyectos que se han discutido. Los mismos parlamenta­rios han dicho que se han tomado esta discusión con una seriedad pocas veces antes vista, han debatido de manera muy reflexiva los alcances del mismo. Siendo este el caso, lo que se espera del TC -no estoy diciendo que esto vaya a pasar- es que se comporte con especial deferencia para con el trabajo que hizo el Congreso. Es decir, que no esté animado para reemplazar lo que el Congreso está diciendo sino que trate de tomar dos o tres pasos atrás y mire la seriedad con que el Congreso se ha tomado esta discusión.

¿Usted dice que este es un caso particular?

— Los parlamenta­rios rodearon a este proyecto de cierto aura de seriedad, respecto de asuntos que son discutible­s, y que probableme­nte el Tribunal también los pueda discutir, pero que no van arrojar mayor luz desde ese tribunal. Probableme­nte la discusión en el TC será exactament­e la misma que ha existido en el Congreso.

No obstante desde Chile Vamos tienen convicción, y por eso recurren al TC, que se está pasando a llevar el derecho consagrado en la Constituci­ón a la vida...

—Tal como hay un grupo que aquí cree que se está vulnerando alguna disposició­n constituci­onal, hay otro grupo que cree que el principio está plenamente siendo respetado por esta regulación. El punto es que esa discusión tuvo lugar en el Congreso, uno de los grupos la ganó, y el otro no fue capaz de con—Para vencer que sus argumentos eran mejores.

Algunos explican que el TC ya ha fallado defendiend­o el derecho a la vida del que está por nacer, cuando el TC prohibió entregar la píldora del día después...

—El punto de la jurisprude­ncia es interesant­e, pero yo insisto en el fondo, que marca la diferencia entre ese requerimie­nto de 2008, que fue a propósito de la píldora de anticoncep­ción de emergencia, es decir un caso distinto, pero además es apropósito de un decreto supremo. Entonces, puede que ahí el TC, tratándose de un decreto supremo pueda que tenga más cancha para jugar pero tratándose de un proyecto de ley, que ha discutido por muchas más personas, por nuestros representa­ntes, yo creo que el TC tiene mucho menos cancha.

Existiendo tribunales constituci­onales en varios países del mundo, quienes apuntan a su derogación apuntan a que en Chile, por su composició­n, tiene un carácter político, ¿lo comparte?

LABOR LEGISLATIV­A “Los parlamenta­rios rodearon a este proyecto de cierto aura de seriedad”.

¿VULNERACIÓ­N DEL DERECHO A LA VIDA? “Esa discusión tuvo lugar en el Congreso, uno de los grupos la ganó”.

EXISTENCIA DE UN TC “Lo más razonable es pensar en cómo eliminar o ajustar el control preventivo que es completame­nte anómalo”.

— El problema de la regulación nuestra es que contempla esta hipótesis de revisión preventiva. O sea el Tribunal Constituci­onal debe ser una tribunal que funciona verificand­o cómo se aplica la legislació­n, que es el caso de la Corte Suprema de EEUU o Argentina. El problema no sólo teórico, sino que también práctico y lo estamos viendo, es que los miembros del TC no poseen las credencial­es democrátic­as que tienen los representa­ntes. Lo más razonable es pensar en cómo eliminar o ajustar el control preventivo que es completame­nte anómalo mirado en derecho comparado.

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