Pulso

AFP: el tope imponible y la equidad

El techo que el proyecto de Reforma Previsiona­l establece para las comisiones por cotizacion­es no tiene sustento técnico y responde más bien a una razón ideológica.

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UN ELEMENTO que ha llamado la atención en el proyecto de Reforma Previsiona­l del Gobierno es el tratamient­o que la iniciativa da a la relación entre los topes imponibles y la comisión que los cotizantes pagan a su AFP. En efecto, el texto propone elevar el techo de cotización de las actuales UF75,7 (hoy algo más de $2 millones) hasta UF113 (en torno a $3 millones). Desde luego esta alza significa más ahorro y, por tanto, mejor jubilación. Sin embargo, la lógica debería conducir a que crezca el monto real de la comisión a las AFP. Según ejercicio de PULSO, para el caso de Cuprum -que cobra la comisión más alta-, el máximo de la comisión tendría que crecer a casi $45 mil desde los alrededor de $30 mil de ahora. Sin embargo, para evitar este reajuste, el proyecto establece que la comisión se deberá seguir cobrando por un máximo de UF76 y que la diferencia hacia arriba irá a la cuenta individual. Por lo tanto, las personas que estén sobre el nuevo tope, pagarán una comisión inferior en relación a su ingreso. Desde cualquier punto de vista es una restricció­n que parece obedecer a cumplir la arriesgada afirmación de la ministra del Trabajo de que con la reforma no irá ningún peso más a las AFP. Con todo, amarrarse a este slogan y hacerlo parte de una legislació­n tiene otro efecto en el plano de la equidad: la amplia mayoría de los trabajador­es carecerá del techo de la comisión y de la opción de que el monto sobre ella se convierta en ahorro. Sin duda, una paradoja.

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