Nuevo Sernac: funcionarios subirán 30% y tendrá cinco facultades adicionales
El proyecto que fortalece el servicio contempla un aumento de la dotación de 301 a 399 trabajadores. Además, este organismo pro defensa de los consumidores sumará las atribuciones de fiscalizar, sancionar, mediar, normar e interpretar la ley.
— “La tercera es la vencida”. Esa parece ser la consigna que el ministro de Economia, Jorge Rodríguez Grossi, espera que se materialice mañana cuando la Sala del Senado cumpla su tercera sesión votando el proyecto de ley que fortalece el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) con el fin de que tras esta extensa discusión logre ser despachado.
Tras la aprobación del Senado, la iniciativa legal ingresará a la Cámara de Diputados para sul último trámite constitucional. Sin embargo, el largo recorrido que ha tenido el proyecto de más de tres año en el Parlamento lo ha hecho objeto de importantes cambios que posiblemente no concitará un acuerdo cerrado en la Cámara Alta, por lo que probablemente terminará en Comisión Mixta.
A continuación, se presentan los principales cambios que tendrá y conllevará el funccionamiento del Nuevo Sernac.
Sin separación de poderes
La Ley de Presupuestos 2017 asignaba al Sernac $ 11.130 millones. Los recursos deben financiar una institucionalidad que cuenta con 301 funcionarios, sin contar los trabajadores a honorarios que puede contratar el Servicio, y 15 direcciones regionales, una por cada región del país.
En cuanto a su estructura orgánica, es dirigido por un director nacional y no tiene separación de funciones.
Limitación de atribuciones
El Sernac puede actualmente investigar cualquier mercado, requerir obligatoriamente información básica comercial, promover entendimientos entre las empresas y los consumidores, y presentar demandas colectivas en representación de este último grupo.
Un interlocutor sobre la base de un proceso voluntario
En la mediación individual, la ley no la contempla y la actividad del Sernac se limita a informar el motivo de disconformidad de los consumidores a los proveedores para que éstos propongan una solución. Si éstos no responden o la respuesta no es satisfactoria, el servicio puede concurrir a un Juzgado de Policía Local. El Sernac tampoco tiene la facultad de mediación colectiva. Este proceso se desarrolla sobre la base de carácter voluntario. Menor complejidad reparatoria en juicios de clase El Servicio Nacional del Consumidor tiene la facultad de iniciar o hacerse parte en juicios colectivos, cuando se afecte el interés colectivo o difuso de los consumidores.
Sin capacidad sancionatoria
Actualmente, las multas por infracción a la Ley del Consumidor son aplicadas por los tribunales de justicia. Dentro del rango que otorga la ley, el tribunal debe considerar una serie de criterios para determinar el valor de la multa, como cuantía de lo disputado, grado de asimetría de información consumidor- proveedor, situación económica del infractor, etcétera.
Multas hasta 1.000 UTM o $47 millones
La multa por incorporar cláusulas abusivas a los contratos de adhesión actualmente puede ser hasta 750 UTM ($35 millones), por venta de sobre cupo en espectáculos o transporte de pasajeros puede ir de 100 a 300 UTM ( de $4,6 millones a $14 millones), por publicidad engañosa que compromete salud, seguridad o medioambiente puede ser hasta 1.000 UTM ($46,7 millones), y por corte de servicio básico puede ser hasta 300 UTM.
Más recursos y dotación de trabajadores
El nuevo Sernac contaría con un presupuesto en régimen de $25.079 millones (en pesos de 2017). Con estos recursos adicionales se deberá solventar un incremento de la dotación de funcionarios a 399 trabajadores y la creación de 10 nuevas oficinas provinciales. El proyecto de ley mantiene al director nacional del Sernac como jefe de toda la estructura orgánica, aunque establece jefaturas especializadas en ciertas materias.
Cinco facultades adicionales
El proyecto de ley le entrega al Servicio nuevas atribuciones, como fiscalizar, sancionar, normar, interpretar la ley, y desarrollar procedimientos voluntarios de mediación colectiva para la protección del interés colectivo o difuso de los consumidores, manteniendo la facultad de demandar colectivamente en representación de los consumidores.
Mayor obligación de los proveedores
En la mediación individual, se establece la obligación de los proveedores de responder al Sernac en siete días, de lo contrario será entendido como una infracción a la ley que podrá ser sancionada. Se establece un proceso intermedio de conciliación. En la mediación colectiva, se le cambia el nombre a procedimiento voluntario para la protección del interés colectivo de los consumidores y se crea un proceso administrativo especial para su aplicación.
Determinación de daño moral y multas en acción colectiva
El proyecto de ley establece que los consumidores podrán declarar como testigos, aunque sean partes del juicio. Se podrá indemnizar el daño moral y aplicar multas en acciones colectivas. Respecto al daño moral, el juez podrá determinar un monto mínimo común de indemnización. Si dicho monto no es suficiente para el consumidor, éste podrá perseguir la diferencia en un juicio individual posterior.
Mayor especificidad de las sanciones
El proyecto de ley elimina los pisos y aumentan los techos de las multas. Además, incorpora un sistema de determinación de las multas considerando circunstancias atenuantes, como haber adoptado medidas de mitigación, la colaboración sustancial del infractor o la autodenuncia, y también agravantes, como haber dañado la integridad física o psíquica de los consumidores o haber sido sancionado por la misma infracción los dos años anteriores.
Multas hasta 2.250 UTM o $105 millones
El proyecto establece que la multa por incorporar cláusulas abusivas a los contratos de adhesión será de hasta 1.500 UTM ($70,1 millones), por venta de sobre cupo en espectáculos o transporte de pasajeros será de hasta 2.250 UTM ($ 105,2 millones) por publicidad engañosa que compromete salud, seguridad o medio ambiente será de hasta 2.250 UTM y por corte de servicio básico será de hasta 1.500 UTM.