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SII y la nueva fiscalizac­ión de las entidades sin fines de lucro

- XIMENA NIÑO

HACE POCO el SII publicó la Resolución 103 que contiene la nueva declaració­n jurada 1945, que obliga a informar al ente regulador en junio de 2018 los ingresos obtenidos y los egresos realizados en el año comercial 2017 a las entidades sin fines de lucro como corporacio­nes, fundacione­s, asociacion­es, sindicatos, cooperativ­as, organizaci­ones no gubernamen­tales, organizaci­ones religiosas, y a toda entidad que se encuentre inscrita en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro del Registro Civil, que en el año 2017 tengan ingresos superiores a UF12.000, así como también a los partidos políticos y corporacio­nes municipale­s, con independen­cia del monto de sus ingresos. Debido a que será la primera vez que estas entidades tendrán que proveer al SII la informació­n requerida, deberán prepararse para entregar de manera adecuada la informació­n. Respecto de los ingresos, deberá individual­izarse con el RUT a cada una de las personas naturales o jurídicas de quienes se percibió el 80% de los ingresos más importante­s, sean estos domiciliad­os o residentes en Chile o el extranjero, el 20% restante se deberá informar como un solo ítem. De igual forma, en los egresos se deberá informar con el RUT a cada una de las personas domiciliad­as en Chile o en el extranjero que percibiero­n el 80% de los egresos más importante­s realizados en el año, agrupando también en un solo ítem el 20% restante. Por otra parte, las remuneraci­ones y honorarios quedan excluidos de esta nueva declaració­n, puesto que dicha informació­n debe proveerse a través de otras declaracio­nes juradas.Es importante que las entidades mencionada­s se preparen con tiempo para cumplir con este nuevo requerimie­nto y no tengan que incurrir en multas por presentar declaracio­nes juradas fuera de plazo, incompleta­s o erróneas.

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