Expertos rechazan idea de Guillier de fijar rango constitucional al derecho de sindicalización
Los especialistas consideran que hacer un cambio de este tipo no traerá consecuencias prácticas; mientras que desde el comando recalcan que se busca igualar a la realidad de la OCDE.
—Desde que empezó a regir la reforma laboral, ningún candidato presidencial ha soslayado el tema y mientras algunos quieren revertir determinadas normas, otros perfeccionar, hay otro grupo que está por profundizar.
En esa vereda el postulante del PR, PS y PPD, Alejandro Guillier, planteó en su programa darle rango constitucional al derecho de sindicalización en sintonía con lo que señala la OIT y la Declaración Universal de Derechos Humanos. El abogado Fernando Carmona del equipo programático explica que la Constitución actual deposita este derecho en los individuos y no en las organizaciones como en otras partes del mundo, y por eso en Chile se puede formar los grupos negociadores, que recuerda son considerados como práctica antisindical por la OIT.
“La idea es que la libertad sindical se entienda como en el derecho internacional, al mismo nivel que tienen los países de la OCDE, como fue concebida inicialmente y no con las trabas del plan laboral de Piñera. Acá hay un reconocimiento estricto de que el derecho le pertenece a los individuos y no al colectivo, y ahí se ampara a los grupos negociadores”, acotó.
De hecho recordó que esa fue la interpretación del Tribunal Constitucional (TC) cuando se pronunció respecto de la reforma laboral y dictaminó no dar exclusividad a los sindicatos. “En nuestro país tenemos negociación colectiva limitada en cuanto a espacio, debe ocurrir dentro de la empresa y no puede haber negociación por rama, federaciones u otros niveles. El derecho a huelga se restringe a la negociación colectiva”, manifestó.
NO DE ACUERDO. “Lo que está ofreciendo Guillier ya existe y no es una mejora sustancial” puntualizó la académica de derecho laboral de la Universidad de Valparaíso, Daniela Marzi, al comentar que no se requiere dar rango constitucional al sindicato porque tras la sentencia del TC la titularidad sindical existe por defecto.
Otra cosa, precisó, es aumentar los niveles de negociación colectiva y huelga, a otro tipo de organizaciones como las federaciones. En esos caso, recalcó que Guillier en la práctica no se ha mostrado partidario como al aprobar la norma que elevó el quórum para formar sindicatos en las empresas de menos de 50 trabajadores.
“La idea del rango constitucional es puro humo algunas cosas que podrían ser interesantes de su programa se contradicen con lo que hizo en la reforma laboral y lo que ha declarado en foros empresariales contra las
“En Chile hay un reconocimiento estricto de que el derecho le pertenece a los individuos, y ahí se ampara a los grupos negociadores”.
FERNANDO CARMONA
“La idea del rango constitucional es puro humo algunas cosas que podrían ser interesantes de su programa se contradicen”.
DANIELA MARZI
“Para la realidad este tema no es relevante, no tiene mucho sentido. Ahora si la idea es despertar el fantasma de la negociación por rama, es otra discusión”.
MARCELO ALBORNOZ
Equipo programático de Guillier Ex subsecretario de Justicia y ex DT
“Lo que está proponiendo no aporta nada nuevo, sólo apunta al desconocimiento general que hay sobre la Constitución”.
HUBERTO BERG
Berg Consultores