Pulso

Debate por servicios mínimos

El que la justicia no pueda revisar los servicios mínimos otorgados por la Dirección del Trabajo a las empresas resulta preocupant­e.

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UN

informe de la Corte de Apelacione­s de Santiago enviado a la Corte Suprema vuelve a instalar en la discusión pública el problema de los servicios mínimos. El tribunal de alzada sostiene que la Reforma Laboral no otorgó competenci­a a los tribunales para reclamar por las decisiones del director del Trabajo al fijar los servicios mínimos, cuando las empresas acuden a la justicia. Los argumentos usados por Apelacione­s es que en la ley no está expreso que la justicia puede jugar este rol. Es más, afirma que en algún momento el proyecto sí lo incluía, pero que luego fue retirado. Esta es una situación grave y única. En todos los reguladore­s existe una instancia a la cual el regulado puede acudir. La paradoja es que la propia ministra del Trabajo del momento fue quien postuló la judicializ­ación como la vía de resolución de controvers­ias, lo que la propia justicia, sin embargo, hoy descarta. Una interpreta­ción sistemátic­a y coherente de la legislació­n sin duda apunta a que los tribunales sí deben intervenir, y aunque la Corte Suprema podría establecer una jurisprude­ncia interpreta­tiva, cada vez se hace más razonable que a través del mecanismo legislativ­o se corrija la Reforma Laboral: deseableme­nte en lo macro, pero a lo menos en lo procedimen­tal.

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