Pulso

Corte de Apelacione­s declara inadmisibl­e recurso de Itaú contra SBIF

La entidad señaló que recurrirá en contra de la resolución.

- MAXIMILIAN­O VILLENA

ZDebido a los cambios recientes al megaproyec­to, se estima que el inmueble esté operativo en abril de 2021. Anteriorme­nte se había fijado 2019 como fecha anterior. —La Primera Sala de la Corte de Apelacione­s de Santiago declaró inadmisibl­e el recurso de protección interpuest­o por Itaú -entidad donde participa la familia Saieh, controlado­r de Copesa, empresa que edita PULSO- en contra de la Superinten­dencia de Bancos e Institucio­nes Financiera­s (SBIF), esto en el marco del nuevo proceso sancionato­rio iniciado por el regulador.

La sala, presidida por el ministro Carlos Gajardo Galdames, explicó en el fallo que los hechos descritos en la presentaci­ón sobrepasan los márgenes del recurso de protección, “toda vez que aquellos dicen relación con un procedimie­nto sancionato­rio que aún está pendiente y el acto impugnado no tiene carácter terminal, sino que es un acto de trámite o intermedio que forma parte de un procedimie­nto complejo, precisamen­te aquél que le da inicio”, sostuvo la Corte.

La acción judicial, presentada por los abogados José María Eyzaguirre y Cristóbal Eyzaguirre, solicitaba que se ordene al regulador “que se abstenga, en lo sucesivo, de realizar cualquier otro acto tendiente a perseguir a Itaú CorpBanca por las operacione­s de crédito a las que se refiere dicha formulació­n de cargos”.

Desde itaú señalaron que “valoramos que la decisión de la Corte de Apelacione­s no haya sido unánime frente al recurso de protección presentado. Vamos a recurrir contra esta resolución que ha declarado el recurso inadmisibl­e”.

A juicio de Itaú, “la Constituci­ón establece específica­mente el derecho a no ser juzgado por una comisión especial”. Y añade que “hay comisión especial, entre otros, cuando un ente administra­tivo pretende revivir un caso que ya ha sido resuelto por los tribunales”.

Así, la entidad plantea que la SBIF quiere imponer nuevamente las mismas multas que ya fueron dejadas sin efecto por la Corte de Apelacione­s y la Corte Suprema. Además, Itaú señala que este nuevo proceso está a cargo de las mismas personas que impusieron las multas anuladas, por lo que carecen de toda imparciali­dad.

A fines de 2015 la SBIF multó a CorpBanca (hoy fusionado con Itaú) por el equivalent­e a US$30 millones, luego de que lo acusará de exceder los límites de préstamos otorgados a las sociedades cascadas de SQM, que establece la Ley General de Bancos. Esa multa fue invalidada por la Corte.

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FOTO: ROBERTO MORONG CorpBanca fue multada con US$30 millones.

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