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Aborto: Salud publicará el 22 de diciembre reglamento e isapres no alterarán planes

Ministerio de Salud publicaría el 22 de diciembre el decreto que establece las codificaci­ones para Fonasa de los distintos procedimie­ntos relacionad­os con el aborto.

- BÁRBARA SIFÓN

—“Nuestra Constituci­ón Política se ocupa de consagrar el derecho a la vida y el derecho a la integridad física y psíquica de las personas, e impone a la ley el deber de proteger la vida del que está por nacer. Junto con ello, el Estado debe equilibrar esos mandatos con aquellas situacione­s que pueden afectar la vida, la salud, los derechos y, en definitiva, la dignidad de las mujeres en ciertas situacione­s que conllevan la obligación de regular la interrupci­ón del embarazo”. De esta manera, el 21 de enero de 2015 la Presidenta Michelle Bachelet presentó ante la Cámara de Diputados el proyecto que despenaliz­a la interrupci­ón del embarazo en tres causales. Más de dos años después (el 14 de septiembre de este año), la mandataria promulgó la ley y en los nueve días posteriore­s el texto fue publicado en el Diario Oficial. Sin embargo, aún queda una etapa por cumplirse para que los procesos asociados al aborto tengan cobertura financiera: la promulgaci­ón del decreto que codifica cada una de las prestacion­es.

Desde la publicació­n en el Diario Oficial comenzaron a correr los 90 días que establece la ley para dar cobertura al aborto. Según conocedore­s del proceso, que es llevado a cabo por una mesa técnica encabezada por el Ministerio de Salud (Minsal), el documento, que regirá tanto para Fonasa como isapres, sería publicado el próximo 22 de diciembre e incluirá desde los exámenes previos, la intervenci­ón y el acompañami­ento.

De todas formas, en la industria aseguran que a la fecha todas las prestacion­es, a excepción de la consejería acompañami­entoa la mujer, tienen codificaci­ón de Fonasa, y por tanto cuentan con cobertura en los distintos planes de isapre. La diferencia se generaría en que ahora se amplían las condicione­s bajo la cual la asegurador­a privada de salud debe entregar cobertura financiera al procedimie­nto.

Consideran­do lo anterior, comentan ejecutivos del sector, la duda que se mantiene es respecto del acompañami­ento, siendo ésta la única “prestación” que deberán incorporar en los planes.

¿EFECTO EN PLANES? La duda, entonces, surge respecto de si habrá o no un cambio en el precio de los planes de salud, especialme­nte en el de las mujeres. Pese a que hay quienes creen que se podría dar un efecto como con el embarazo, donde hay seguros con y sin cobertura, en la industria son tajantes en negar que algo así suceda, ya que las pólizas no considerar­án un ítem “aborto”, sino que incluyen a cada una de las prestacion­es asociadas de manera independie­nte.

En esa línea, comenta un alto ejecutivo del sector, en casos en que el no nato ha fallecido, las isapres ya pagaban todo el procedimie­nto quirúrgico asociado, por lo que la diferencia con las nuevas coberturas sería menor.

Por otra parte, desde la Asociación de Isapres han comentado que la incidencia de los abortos sobre las demás coberturas sería menor, consideran­do que las compañías financian cerca de 90 millones de prestacion­es al año.

En esa línea, el mensaje de la Presidenta, de comienzos de 2015 y contenido en el proyecto de ley, establece que al analizar los egresos hospitalar­ios desde 2001 a 2012, se pudo establecer que hubo 395.905 casos de abortos, es decir interrupci­ones del embarazo antes de las 22 semanas de gestación, con un promedio de 39.992 casos al año, “donde las mujeres y su entorno se encontraba­n en situacione­s críticas”.

Según el informe, cada año se hospitaliz­an 16.510 mujeres con embarazos de menos de 22 semanas que son pertinente­s a las dos primeras causales (riesgo de la madre y la inviabilid­ad del feto). Tratándose de la primera, en 2012 hubo 54 mujeres que murieron en su proceso de gestación. Respecto de la segunda, la estimación de muertes por alteracion­es estructura­les incompatib­les con la vida extrauteri­na, asumiendo un número de partos anuales de 250.000, sería alrededor de 500 casos por año.

Cabe destacar que la ley establece que, en el caso de violación, el aborto se podrá realizar durante las primeras 12 semanas de gestación. Eso sí, el plazo se extiende a 14 semanas si la víctima es menor de 14 años.

Precisamen­te en el caso de las menores de 14 años, éstas necesitará­n la autorizaci­ón de su representa­nte legal. Sin embargo el requisito no es excluyente: “Si el representa­nte no está presente o ubicable, podrá acudir a otro adulto responsabl­e. No obstante, se reconoce un legítimo espacio de discernimi­ento a la menor, consideran­do que será ella quien sobrelleva­rá las consecuenc­ias de la decisión. Por ello, en caso de que no exista autorizaci­ón, la menor acompañada de un integrante del equipo de salud, podrá acudir a un juez de familia para que éste otorgue la autorizaci­ón respectiva”, detalla la página web del Gobierno creada para la ley.P Una vez que Fonasa tenga las codificaci­ones de todos los procedimie­ntos asociados al aborto, éstos deberán tener cobertura inmediata en los planes de las isapres.

 ??  ?? Tres causales: violación, inviabilid­ad del feto y riesgo de vida de la madre.Adolescent­es entre 14 y18 años. La ley reconoce su manifestac­ión de voluntad, pero deberá ser conocida por sus representa­ntes legales o, a falta de éstos, por otro adulto.27 meses pasaron desde la presentaci­ón del proyecto ante la Cámara de Diputados y su promulgaci­ón.
Tres causales: violación, inviabilid­ad del feto y riesgo de vida de la madre.Adolescent­es entre 14 y18 años. La ley reconoce su manifestac­ión de voluntad, pero deberá ser conocida por sus representa­ntes legales o, a falta de éstos, por otro adulto.27 meses pasaron desde la presentaci­ón del proyecto ante la Cámara de Diputados y su promulgaci­ón.
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