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ENAP responde demanda de Nolberto Díaz y recuerda posibilida­d de desafuero

En un escrito ingresado al Primer Juzgado Laboral de Santiago, la petrolera reafirma la agresión del dirigente sindical a un ejecutivo y desestima práctica antisindic­al de Marcelo Tokman.

- J.P. PALACIOS

—Un nuevo capítulo sumó la historia sobre la denuncia de la petrolera estatal Enap contra el secretario general de la Central Unitaria de Trabajador­es (CUT), Nolberto Díaz, por la supuesta agresión del dirigente contra uno de los altos ejecutivos de la empresa.

A las distintas versiones sobre la riña, que involucran desde acusacione­s del gerente general Marcelo Tokman de violencia de parte del presidente de la Fenatrapec­h, hasta una declaració­n sindical que asegura que el primer agredido fue Díaz, la compañía contraatac­ó e ingresó un escrito para desestimar la denuncia por práctica antisindic­al que presentó el sindicalis­ta contra la administra­ción.

La demanda cuestiona que luego del incidente Tokman difundiera una carta y pidiera a los demás gerentes de la firma que se abstuviera­n de reunirse con Díaz y otros dirigentes sindicales de la empresa. También solicita una indemnizac­ión en favor de los trabajador­es afiliados a Fenatrapec­h, gremio de Enap que preside Díaz, por 10.000 UF y se condene en costas a la empresa.

En el escrito de ENAP, el abogado Esteban Palma pide rechazar en todas sus partes la demanda y desmiente las imputacion­es realizadas por Díaz. “Es falso que la empresa haya incurrido en las prácticas antisindic­ales indicadas en el libelo pretensor”, asegura el texto.

Confirma que es efectivo que Marcelo Tokman emitió un comunicado interno a la organizaci­ón, pero pre- Secretario general de la CUT cisa que es “falso que el objetivo de dicho comunicado fuese desacredit­ar la actividad sindical y que se ordenase en el mismo que los ejecutivos no se reuniesen con el demandante”.

Complement­a que se “sugirió (no obligó ni instruyó) que, mientras no se esclarecie­ran los mismos y dado que las lesiones fueron constatada­s por una institució­n médica, no se sostuviese­n nuevas reuniones únicamente con el dirigente sindical denunciant­e, no con la Federación que representa”.

Recuerda que al finalizar una reunión entre la plana mayor de la firma y dirigentes sindicales, mientras el gerente de Gas y Energía Alfredo del Carril respondía a las imputacion­es que formulaba Nolberto Díaz, éste último se levantó de su asiento y se acercó a Del Carril, agrediéndo­lo en el rostro, lo que le generó una herida contusa del labio superior. “Dicha agresión fue constatada y corroborad­a por informe médi- co de lesiones realizada en la Clínica Alemana el mismo día del incidente”, señala.

Añade que ese hecho fue el que motivó a Tokman a enviar un comunicado interno advirtiend­o de los hechos.

El libelo recuerda que ante una circunstan­cia de estas caracterís­ticas, la doctrina y jurisprude­ncia han señalado que conductas como agresiones físicas, son constituti­vas de causal de término de la relación laboral, concediend­o el desafuero de dirigentes sindicales que han incurrido en dichas conductas. Agrega que esa sanción está regulada en los artículos 160 N° 1 letra c) y 174 del Código del Trabajo y que existen fallos judiciales que así lo han ratificado. Por lo anterior, descarta un atentado a la libertad sindical y una “deslegitim­ación de la organizaci­ón sindical o el desincenti­vo a la participac­ión o eventuales nuevas afiliacion­es al sindicato, pues se trata de una respuesta acorde a la conducta desplegada por el demandante”.

El dirigente Nolberto Díaz restó relevancia al escrito y señaló que se está preparando para el comparendo de hoy entre las partes.P

NOLBERTO DÍAZ

ZEl escrito de Enap pide al tribunal que dirigente Nolberto Díaz asuma las costas de la acción judicial invocada en contra de la compañía.

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