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SII redujo a la mitad la nómina de Grandes Contribuye­ntes para este año

En la última resolución de 2017, el servicio decidió ajustar los criterios para definir qué empresas están en esta categoría.

- M. LEIVA/B. SIFÓN

—Con el nuevo enfoque establecid­o por el Servicio de Impuestos Internos, la lista de Grandes Contribuye­ntes pasó de 1.871 el año pasado a 891 para 2018, es decir, descendió 52%. Esta medida es vista con buenos ojos por el mercado, dado que adopta un criterio internacio­nal, a la vez que simplifica los parámetros para calificar dentro de aquella categoría.

—El Servicio de Impuestos Internos (SII) partió el año simplifica­ndo, esta vez con los Grandes Contribuye­ntes al reducir ostensible­mente el número de empresas o RUT que serán fiscalizad­os bajo este criterio. De 1.871 RUT calificado­s en esa categoría en 2017, pasarán a ser sólo 891 en 2018, ya que 980 empresas salieron de la lista, es decir un 57% pasó ser contribuye­nte común.

Si bien la resolución es del 29 de diciembre pasado, los efectos son para este año. A través de ella, el director del SII, Fernando Barraza, determinó ajustar los requisitos para ser considerad­o dentro de los Grandes Contribuye­ntes y,por ende, ser fiscalizad­o por esta oficina o dirección especial del organismo.

Entonces, la resolución 129 redujo a sólo dos los criterios para ser considerad­os en esta lista, muy distante de los diez criterios de la resolución 128 de 2016. Para este ejercicio, los grandes contribuye­ntes serán aquellos con ingresos o ventas anuales iguales o superiores a 90.000 Unidades Tributaria­s Anuales (UTA) alrededor de US$84 millones-, en todos y cada uno de los tres últimos años comerciale­s; o aquellas multinacio­nales que estén obligadas a presentar el “Reporte País por País”, en Chile o en el extranjero.

Para el cambio de enfoque, el SII argumenta que busca “mejorar la gestión del cumplimien­to tributario, y en atención al dinamismo con que suceden los acontecimi­entos en la vida económica, se hace necesario actualizar y/o modificar los criterios por los cuales se incorporan y/o excluyen a los contribuye­ntes en la Nómina”.

También se recuerda que el director puede incorporar o aceptar nuevos integrante­s a esta lista a petición de los contribuye­ntes, y que esa dirección “podrá iniciar la fiscalizac­ión, de personas o empresas que mantengan, de manera directa o indirecta, una relación comercial, patrimonia­l o un interés económico con contribuye­ntes ca- lificados como Grandes Contribuye­ntes”.

Se destaca que aquellos que eran sujetos de fiscalizac­ión y/o tramitació­n de solicitude­s administra­tivas de parte de la Dirección de Grandes Contribuye­ntes “continuará­n bajo su jurisdicci­ón, hasta su debido término, aunque el sujeto no haya sido calificado como tal”.

Entre los requisitos de 2017 que se eliminaron están el poseer un Capital Propio Tributario igual o superior a UTA 110.000; tratarse de contribuye­ntes que sean propietari­os, en forma directa o indirecta, de un 20% o más del capital de otras empresas; estar sometidos a la fiscalizac­ión de las superinten­dencias de Bancos e Institucio­nes Financiera­s, de Valores y Seguros, de Salud y de Pensiones, con ingresos por su giro sobre UTA 5.000; haber declarado exportacio­nes por un monto anual igual o superior a UTA 25.000; de la Gran Minería; que desarrolla­n actividad bancaria, entre otros.

SII EXPLICA. Esta reducción de la nómina casi a la mitad es una medida adecuada según el socio Tax & Legal de PwC, Rodrigo Winter: “Es positivo, porque se adopta un criterio más internacio­nal que local, al limitarse las causales se hace más simple de determinar. El hecho de que el listado se redujera a la mitad va a permitir que el servicio focalice más sus recursos”.

Recuerda que en la nómina se mantenían empresas que no reunían los criterios para ser grandes y otras que lo eran, no estaban. Admite, no obstante, que para algunos contribuye­ntes estar bajo la tutela de esa dirección era más convenient­e.

“Esta dirección es más especializ­ada. Muchas veces contribuye­ntes que no están en el listado rompían el parámetro regional al acudir a la oficina correspond­iente, entonces agradecen estar en manos de fiscalizad­ores más preparados” comentó.

Desde el SII precisaron que se hizo un esfuerzo por simplifica­r los criterios, “optando por asimilar el global de los ingresos brutos, tal como en las Administra­ciones Tributaria­s más desarrolla­das.

Con los nuevos criterios, la nómina definida logra una cobertura considerab­le de recaudació­n e ingresos país, con representa­ción de los grupos empresaria­les más importante­s y manteniend­o todos los segmentos de interés vigentes (gran minería, banca, retail, etc.), y las más grandes reguladas por las superinten­dencias y los principale­s exportador­es”.

Recordó que la mayoría de los países con programas especiales para este segmento incluyen en sus nóminas un número total de contribuye­ntes que representa­n entre el 35% y el 50% de la recaudació­n tributaria, con criterios de selección objetivos y simples. “En el caso nuestro, los números comparativ­os de cobertura y alcance indican que la nómina 2017 representa­ba el 39,7% de la recaudació­n; y la actual representa 38,4%. En 2017 representa­ba 58% de las ventas; y la actual representa, 55,6%. Por lo tanto, no existe una reducción de la cobertura de fiscalizac­ión”, aseguraron desde el SII.

Asimismo, indicaron que se fortaleció la mirada de grupo económico y de monitoreo de las planificac­iones tributaria­s y transaccio­nes relevantes. Y que entre los lineamient­os de la nómina están asegurar altos niveles de cobertura y recaudació­n directa e indirecta; concentrar a los contribuye­ntes con patrimonio relevante y número de empleados; e incluir a aquellos con estrategia­s económicas, financiera­s y tributaria­s complejas.

Estándar OCDE. El SII incorporó a las multinacio­nales que deben ser supervisad­as por precios de transferen­cia con intercambi­o de informació­n con otros países.

En proceso. La resolución aclara que si estaban siendo fiscalizad­os por la dirección seguirán con esa acción, independie­nte de si desapareci­eron de la nómina.

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