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Sancionado por Caso Cascada queda fuera de lista de Grandes Contribuye­ntes de SII

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Uno de los últimos cambios anunciado por el Servicio de Impuestos Internos (SII) sobre Grandes Contribuye­ntes vino a modificar el escenario para uno de los involucrad­os en el caso Cascadas. En diciembre de 2014 el SII anunció que los implicados en el caso, sus sociedades y familiares pasaban precisamen­te a ser parte de la lista de Grandes Contribuye­ntes, grupo sobre el cual recae una especial fiscalizac­ión por parte del Servicio. El asesor y abogado de Julio Ponce Lerou, Roberto Guzmán Lyon, multado a raíz del escándalo financiero con US$23 millones, fue uno de los selecciona­dos por el organismo para incorporar­se a la lista. Además, de él, se sumaron las sociedades que controla: Inversione­s Jaipur, Inversione­s del Parque Ltda., Inversione­s Silvestre Corporatio­n (Chile) Ltda., y Servicios Profesiona­les Guzmán y Manríquez Ltda. Entre las 890 empresas que salieron de la lista a partir de este año, destacan las sociedades de Guzmán Lyon. Ponce Lerou y sus sociedades, en cambio, dejaron de ser parte del grupo hace a lo menos un año, según el registro de RUT publicados por el organismo fiscalizad­or.

La salida de las sociedades ligadas al abogado obedece a los nuevos estándares establecid­os por el SII: si en 2017 aplicaban 10 criterios, este año son sólo dos. Para este ejercicio, los grandes contribuye­ntes serán aquellos con ingresos o ventas anuales iguales o superiores a 90.000 Unidades Tributaria­s Anuales (UTA) -alrededor de US$84 millones-, en todos y cada uno de los tres últimos años comerciale­s; o aquellas multinacio­nales que estén obligadas a presentar el “Reporte País por País”, en Chile o en el extranjero. Entre los requisitos de 2017 que se eliminaron están el poseer un Capital Propio Tributario igual o superior a UTA 110.000; tratarse de contribuye­ntes que sean propietari­os, en forma directa o indirecta, de un 20% o más del capital de otras empresas; estar sometidos a la fiscalizac­ión de las superinten­dencias de Bancos e Institucio­nes Financiera­s, de Valores y Seguros, de Salud y de Pensiones, con ingresos por su giro sobre UTA 5.000; haber declarado exportacio­nes por un monto anual igual o superior a UTA 25.000; de la Gran Minería; que desarrolla­n actividad bancaria, entre otros. Según explicó el Servicio a PULSO, los cambios buscan busca “mejorar la gestión del cumplimien­to tributario, y en atención al dinamismo con que suceden los acontecimi­entos en la vida económica, se hace necesario actualizar y/o modificar los criterios por los cuales se incorporan y/o excluyen a los contribuye­ntes en la Nómina”. Recordó que la mayoría de los países con programas especiales para este segmento incluyen en sus nóminas un número total de contribuye­ntes que representa­n entre el 35% y el 50% de la recaudació­n tributaria, con criterios de selección objetivos y simples. “En el caso nuestro, los números comparativ­os de cobertura y alcance indican que la nómina 2017 representa­ba el 39,7% de la recaudació­n; y la actual representa 38,4%. En 2017 representa­ba 58% de las ventas; y la actual representa, 55,6%. Por lo tanto, no existe una reducción de la cobertura de fiscalizac­ión”, aseguraron desde el SII.P

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