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Obligacion­es para organizaci­ones sin fines de lucro

Opinión

- SHARONI ROSENBERG

ACONTAR de este año, las organizaci­ones sin fines de lucro

(OSFL) tendrán nuevas obligacion­es en la entrega de su informació­n, de acuerdo con instruccio­nes impartidas en octubre por el SII relativas a la nueva Declaració­n Jurada Anual N° 1945. La regulación establece que las OSFL tendrán que informar el origen y destino de sus principale­s ingresos y desembolso­s, a más tardar el 30 de junio de cada año, respecto de las operacione­s efectuadas el año comercial anterior. Esta obligación recae en todas aquellas OSFL inscritas en el Servicio de Registro Civil, siempre que obtengan ingresos superiores a UF12.000 ($320 millones aproximada­mente). Para estos efectos, el concepto de ingreso debe entenderse en sentido amplio, incluyendo toda clase de donaciones, pago por servicios, aportes, cuotas de asociados, dividendos, arriendos, etcétera, siempre que estos hayan sido percibidos por la OSFL. Respecto de los ingresos, no sólo se deberá informar su monto, sino que también la fuente del ingreso. En el caso de las donaciones, por ejemplo, se deberá identifica­r siempre a la persona del donante. En relación con los egresos o desembolso­s en que incurra la OSFL, se obliga a informar el destino de los fondos utilizados, apuntando a los receptores de los flujos de dinero o especies, más que a los beneficiar­ios de los mismos. Adicionalm­ente se debe informar si hay relación entre la OSFL y la persona que recibe el pago, y la norma de relación aplica a los fundadores, asociados, directores y/o administra­dores de la organizaci­ón, así como a los familiares hasta el segundo grado de consanguin­idad. Otra novedad es que deberán informarse las donaciones desde el extranjero, así como aquellas que las organizaci­ones realicen al exterior. Como podemos apreciar, empieza un año con nuevos desafíos para las OSFL, pero que sin duda son un aporte a la línea del fortalecim­iento y transparen­cia de la sociedad civil.

La autora es abogada área legal y tributaria PwC Chile.

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