Pulso

Fall de Corte de Apelacione­s vuelve a generar incertidum­bre por servicios mínimos

Abogados señalan que los tribunales han mostrado posiciones contradict­orias respecto de una misma materia en muy poco tiempo.

- LUCY ARAVENA LÓPEZ

—Otro fallo de la justicia respecto a servicios mínimos volvió a generar debate entre los expertos.

Ayer, la Corte de Apelacione­s de Santiago determinó que el Primer Juzgado de Letras del Trabajo es competente para resolver la reclamació­n de Farmacias Ahumadas en contra de la calificaci­ón de servicios mínimos de la Dirección de Trabajo (DT).

En fallo unánime, la Octava Sala del tribunal de alzada rechazó la declaració­n de incompeten­cia que había hecho el primer tribunal laboral para tramitar la reclamació­n interpuest­a por la cadena farmacéuti­ca.

Con este dictamen, se abre el debate de los expertos respecto a las diferentes jurisprude­ncias que han tenido las salas de la Corte de Apelacione­s en diversos casos interpuest­os para determinar la competenci­a o incompeten­cia de los juzgados laborales en la materia.

A principios de diciembre, la Duodécima Sala del tribunal de alzada declaró la competenci­a del primer juzgado laboral para revisar la reclamació­n interpuest­a por la Sociedad de Instrucció­n Primaria (SIP), ligada a la familia Matte, en contra la calificaci­ón de servicios mínimos de la DT. Por otro lado, la Cuarta sala del mismo tribunal de alzada desestimó que fuera procedente la revisión del juzgado laboral de los servicios mínimos del sindicato del Banco Ripley. Asimismo, hace unos días la novena sala de la Corte de Apelacione­s confirmó la incompeten­cia del tribunal del trabajo para conocer la reclamació­n por servicios mínimos de la empresa Tecnogloba­l.

INCERTIDUM­BRE JURÍDICA. El socio de AMLV Abogados y ex subsecreta­rio del Trabajo, Zarko Luksic, afirmó que “es lamentable estas posiciones tan contradict­orias respecto de una misma materia que dice relación con la competenci­a e incompeten­cia de los tribunales laborales para conocer reclamacio­nes de carácter administra­tivas”.

Para Luksic, esto genera una incertidum­bre jurídica entre los titulares.

Asimismo, el socio de Sáez y Fernández y asesor de la Sofofa, Felipe Sáez, indicó que “la Corte está teniendo decisiones contradict­orias en muy poco tiempo”.

Ante esto, Luksic estimó “que los tribunales de justicia deberían ser competente­s, porque todas las decisiones de carácter y de procedimie­nto administra­tivo deberían ser reclamable­s ante los órganos jurisdicci­onales correspond­ientes (...) La potestad jurisdicci­onal existe para impedir la autotutela y evitar que cualquier autoridad (administra­tiva) se transforme en supremo juez de sus propias decisiones”.

Sáez recordó que en uno de sus fallos la Corte señaló que el interpreta­r el Código del Trabajo literalmen­te -en el sentido de que no hay acción para recurrir a tribunales por la resolución del director del Trabajo por servicios mínimos- es una pretensión de carácter inconstitu­cional.

Para Sáez, lo más sensato es que la Corte de Apelacione­s consolide la jurisprude­ncia que le da competenci­a a los juzgados del Trabajo para conocer de las reclamacio­nes sobre la calificaci­ón que hace el director del Trabajo por servicios mínimos.

“No es comparable el perjuicio que pueda sufrir un sindicato postergand­o por un tiempo acotado la calificaci­ón de servicios mínimos, en relación al daño que pueden sufrir terceros por una huelga por la falta del servicio que entrega la empresa”, sentenció Sáez.

 ??  ??

Newspapers in Spanish

Newspapers from Chile