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Fallo que incluye horas extra en indemnizac­iones alerta a expertos

Señalaron que podría tener efectos en la base de cálculo del impuesto a la renta.

- C ALONSO

—La cuarta sala de la Corte Suprema emitió un fallo en el cual consideró las horas extras en el pago de las indemnizac­iones por año de servicio. Este hecho para los abogados no sólo tendría implicanci­as laborales, sino que también podría abrir eventuales problemas tributario­s. Esto porque al considerar­se como permanente las horas extras, el costo para la empresa de la provisión para ese eventual despido será mayor, y por ende, la base para el cálculo del impuesto a la renta que debe pagar esa empresa es menor.

Este hecho abre el debate entre los expertos sobre los efectos que puede provocar de mantenerse este mismo criterio.

De acuerdo a senior manager del área People Advisory Servicesde EY Chile, David Oddó, “el artículo 178 del Código del Trabajo señala que las indemnizac­iones por término de funciones o contratos de trabajo establecid­as por ley, no constituir­án renta para ningún efecto tributario. Con esto y en este caso, además de aumentar el monto a pagar por concepto de indemnizac­ión legal, también esta indemnizac­ión seguirá siendo libre de impuestos para quien la percibe”. De esta manera, el experto indicó que “también aumentaría el posible monto a rebajar como gasto por parte del pagador, independie­nte de la interpreta­ción que al respecto pueda entregar la autoridad tributaria”. Por otra parte, Oddó añadió que “también se debe revisar la forma cómo este fallo podría impactar la base de cálculo para la determinac­ión del monto libre de impuestos, en el caso del pago de indemnizac­iones adicionale­s al trabajador, puesto que aumentará el

está siendo estudiado por abogados para ver eventuales efectos tributario­s. monto de la indemnizac­ión total a considerar para determinar el impuesto a pagar de acuerdo a la Ley de Impuesto a la Renta”. Javier Jaque, director académico del magíster en tributario de la Universida­d de Chile, acotó que este fallo “tiene un costo para las empresas y las obliga a que reevalúen sus procesos, quedando dentro del concepto de indemnizac­ión como un gasto para las empresas. Es un incremento en el costo y en la provisión que tienen las empresas”.

Isabel Espinoza, socia de Baraona Fischer Spies subrayó que “desde la perspectiv­a tributaria, de acuerdo al criterio de permanenci­a que establece el propio artículo 172 del Código del Trabajo, en la medida que las remuneraci­ones que se paguen al trabajador tengan el carácter de permanente­s, deberían considerar­se en el cálculo de las indemnizac­iones legales. Conforme a ello, deberían tener el carácter de ingreso no renta para el trabajador y aceptarse como un gasto de la empresa, de acuerdo a las reglas generales”.P

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