Asesorías con “veda electoral” y que eviten fines políticos
El Consejo de Asignaciones especifica el uso y prohibiciones, como por ejemplo, que no se pueden realizar estudios de opinión que no sean propios de la labor legislativa.
—Si bien no es una novedad, el Consejo de Asignaciones especificó algunas disposiciones para evitar que las asesorías se ocupen de materias que escapan a la función legislativa. Esto, ante múltiples consultas e integrando las normativas disponibles en la materia. Además, para tratar de evitar el desvío hacia otros fines, o bien, para que no se repitan los casos de copy paste que se conocieron en el anterior período legislativo.
“Se prohíbe la realización de estudios de opinión con cargo a las asignaciones parlamentarias durante el período que media entre las 24 horas del nonagésimo día (90 días) a la fecha de realización de una elección parlamentaria, y la fecha de realización de la elección parlamentaria”, señala el documento.
La idea es que los estudios de opinión siempre estén vinculados a la labor legislativa, y no para que el financiamiento se utilice en asesorías de imagen o comunicacionales, ni encuestas o estudios de opinión que escapen a los márgenes de la función parlamentaria.
Para el caso de quienes participen en elecciones primarias, la prohibición “regirá durante los seis meses anteriores a la fecha de la elección parlamentaria”.
Se especifica que las personas contratadas para la realización de asesorías “deben contar con un título universitario o el grado académico que corresponda a una carrera de a los menos ocho semestres; y en el caso de técnicos, con título otorgado por entidades acreditadas antes el Ministerio de Educación”. Todas las personas, además, de- ben formar parte del Registro Especial de Asesores Externos que debe administrar la Cámara.
Además, todas las copias de los informes deben estar disponibles para que el Comité de Auditoría Parlamentaria pueda revisarlos, preferentemente, en formato electrónico. Esto, para que sean cotejados en la web.
“Los parlamentarios siempre serán responsables de que las asesorías que contraten con cargo a estos fondos se relacionen estricta y directamente con la labor legislativa, sin que puedan contratarse asesorías que impliquen financiamiento directo o indirecto de actividades de campaña política, propia o de un tercero”.
En cuanto a los gastos de difusión, el Consejo pide que los parlamentarios que compitan en una elección no utilicen los recursos para actividades de campaña política. “Los parlamentarios que no hayan declarado candidaturas a cargos de elección popular podrán continuar financiando, con cargo a sus asignaciones, los gastos en difusión que previamente venían realizando, sin incurrir en gastos adicionales a los que normalmente venían realizando en forma previa al período de elecciones”.P