Pulso

Reavalúo de bienes raíces no agrícolas

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Luego de leer la columna de opinión del economista Roberto Darrigrand­i (PULSO, 19 de febrero), es necesario aclarar algunas imprecisio­nes en su contenido. En primer lugar, es la ley la que establece que cada cuatro años el SII deba aplicar el proceso de reavalúo para actualizar la tasación fiscal de los bienes raíces no agrícolas del país. Este año, actualizam­os el valor fiscal de 6,6 millones de bienes raíces, en base a la plusvalía o minusvalía que el mercado ha experiment­ado en este período. De hecho, uno de los principale­s elementos que se consideran en la actualizac­ión son los precios de compra-venta registrado­s por los predios.

En relación a la necesidad planteada en la columna, de aclarar la forma en que se definen los valores de los avalúos, es preciso señalar que la metodologí­a usada se encuentra publicada desde fines de 2017, en la resolución que fija los valores de terrenos y construcci­ones del reavalúo, así como toda la informació­n de cada etapa de su impleLos mentación, a través del sitio web del SII o de la app e-Reavalúo, para dispositiv­os móviles. Este proceso sirve de base para determinar las propiedade­s gravadas o exentas del pago del impuesto territoria­l, más conocido como contribuci­ones. Entre los resultados del reavalúo 2018 destaca una variación nacional de los avalúos de un 35% en promedio. En un porcentaje similar varió el monto límite para determinar si una propiedad con destino habitacion­al queda exenta del pago de contribuci­ones, pasando de $22 millones, en el reavalúo anterior, a $33 millones, en el actual. Se mantiene así la proporción de predios exentos del pago de este impuesto en cerca de un 60% del total del catastro de bienes raíces. El aumento en el avalúo de los bienes raíces no necesariam­ente implica un alza similar en el monto de las contribuci­ones. De hecho, en casos como las comunas de Maipú y Puente Alto, por ejemplo, si bien los avalúos de bienes raíces aumentaron, el mayor porcentaje de predios se mantiene exento del pago de contribuci­ones.

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