Corte Suprema confirma su incompetencia por definición de servicios mínimos
Máximo tribunal rechazó reclamación de filial de Ripley. Expertos disienten sobre si marcará o no un precedente.
—Por primera vez en la Cuarta Sala de la Corte Suprema se abrió la discusión de fondo respecto de si los tribunales tienen o no competencia para revisar las calificaciones de servicios mínimos de la Dirección del Trabajo (DT).
En el marco de un fallo sobre un recurso de queja presentado por CAR. S.A., filial de Ripley, la sala laboral rechazó la reclamación y por fundamentos de forma mantuvo la incompetencia judicial decretada tanto por la Corte de Apelaciones de Santiago como por el tribunal de primera instancia. Sin embargo, al momento de entrar a debatir lo estructural de la controversia sólo los ministros Hugo Dolmestch y Ricardo Blanco estuvieron por revertir la incompetencia.
En el voto de minoría de la sentencia, los dos magistrados apoyaron actuar de oficio en el caso y anular lo resuelto en las instancias previas, declarando que el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago es competente para conocer de la reclamación en contra de la resolución de la Dirección del Trabajo que se pronunció sobre la calificación de servicios mínimos y equipo de emergencia. Para validar su argumento invocaron los artículos 360, 420 letra b) y 504 del Código Laboral. El resto de los magistrados que integran la sala: Gloria Chevesich, Andrea Muñoz y Carlos Cerda, no apoyaron esa medida, manteniendo la incompetencia judicial.
A juicio del profesor de derecho laboral de la U. de Chile y ex director jurídico de la DT, Luis Lizama, “este es un fallo demoledor, desde el punto de vista de quienes han sostenido que el juez laboral podría conocer de una
“Para quienes sostienen la competencia del juez laboral este es un fallo muy malo (...). Soy un convencido de que la única vía para solucionar esto es la vía legislativa”.
“Lo que sí es cierto es que pudiendo meterse todos en la discusión de fondo, no lo hicieron”. JUAN VERGARA