Entre la fragilidad y la convicción
MUCHO SE habla de cuáles serán las prioridades del nuevo Gobierno en materia laboral. Una de las que se menciona es la referida al ajuste de la Reforma Laboral y, en particular, a establecer una regulación de los convenios de grupo negociador. Se ha dicho que una de las alternativas es hacer este ajuste a través de la vía administrativa, esto es, la emisión de un dictamen por parte de la Dirección del Trabajo. Avanzar por esta vía es un camino errado, pues obligaría al órgano administrativo a dar una voltereta sobre un tema que fue y sigue siendo polémico, y sin que exista ninguna nueva norma sobre la materia. El único cambio sería la modificación de las autoridades políticas a cargo. La convicción de que debe existir una regulación legal respecto de los grupos negociadores, lo que puede deducirse del pronunciamiento del Tribunal Constitucional, debería demostrarse a través de un proyecto de ley que regule en la forma y en el fondo las negociaciones que pueden llevar adelante los grupos negociadores. Un proyecto así debería contener a lo menos normas mínimas respecto de la constitución de los grupos negociadores, normas de procedimiento de negociación colectiva que podrían llevar adelante, normas relativas al fuero, normas del contenido mínimo que deberían contener los acuerdos de grupo negociador, normas relativas a efectos y duración del instrumento colectivo. Presentar un proyecto demostraría la convicción de que el tema debe ser regulado y eso debería ser defendido en el Congreso Nacional. Intentar regularlo a través de un pronunciamiento de la DT pondría en aprietos al órgano administrativo y dejaría abierta la posibilidad de un futuro cambio en la interpretación.
El autor es abogado, senior manager Servicios Laborales PwC.