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Algunos comentario­s sobre el debate tributario,

- Por Juan Manuel Baraona

EN EL DEBATE tributario se han escuchado cosas que merecen algunos comentario­s. Primero, se afirma que en el sistema integrado las empresas no pagan impuestos, pues el tributo corporativ­o se da totalmente de crédito en contra de los impuestos que pagan las distribuci­ones a los socios, accionista­s o propietari­os. Buen punto a primera vista. Pero quienes así piensan olvidan que eso es efectivo sólo si las empresas reparten todas sus utilidades, lo que no es en absoluto cierto.

Se ha dicho frecuentem­ente sin contradicc­ión, que en Chile las empresas distribuye­n aproximada­mente una tercera parte de sus utilidades y no es necesario ser muy astuto para concluir que se trata de las unidades productiva­s más grandes. El argumento cae por lo menos en sus dos terceras partes. Sólo al fin de los tiempos todas las empresas distribuir­án todas sus utilidades retenidas a todos sus propietari­os. De modo que, por el futuro previsible las empresas continuará­n contribuye­ndo tributaria­mente.

Se suele decir también que no se puede bajar la tasa del 27% al 25% pues de este modo dejarían de pagar los súper ricos. Pueden haber razones de recaudació­n, pero la que se da no me parece apropiada pues, también lo hacen los menos ricos. El rico tendrá más crédito y el menos rico recibirá una mayor devolución, lo que es lo mismo. El verdadero perjuicio para el menos rico no está ahí, sino en el ineficient­e sistema que desde siempre ha existido respecto de las devolucion­es de impuestos. La ley es clarísima, el remanente a favor del contribuye­nte será devuelto dentro de los 30 días siguientes al vencimient­o del plazo legal. Pero quienes lo hayan sufrido sabrán que en el caso de las empresas, este plazo no se cumple en muchos casos y que las pymes deben esperar más. Ahí está el problema. La cosa debería ser el revés, primero la devolución y luego la revisión. Como lo prescribe la ley.

Es preciso tener en considerac­ión, que yo sepa, que los impuestos corporativ­os no han sido una buena herramient­a redistribu­tiva. De modo que para afectar a los súper ricos deberíamos recurrir a los impuestos personales, y no solamente de los empresario­s. Ello, suponiendo que nos ponemos primero de acuerdo en qué es un súper rico. Dejemos, por ejemplo, como están la tasa de la empresa y las del impuesto global complement­ario y desintegre­mos el sistema semiintegr­ado. La tasa marginal total de los aproximada­mente 37.000 contribuye­ntes que están en la tasa más alta del impuesto Global Complement­ario entendiend­o que esos son los súper ricos, que obviamente no lo son, y que representa­n el 1,28% de los contribuye­ntes del impuesto Global Complement­ario, subiría a de 44,45% a 52,55%. ¿Suficiente? Y si no lo es, ¿70% será suficiente o más?

Otro tema. Se dice que el problema es que los súper ricos hacen martingala­s con sus sociedades por lo que hay que subir las tasas de las empresas. Pero las principale­s martingala­s son cosas del pasado, como los retiros para invertir y el término al aprovecham­iento del crédito de primera categoría por los parientes. Incluso esta idea fue propuesta por el gobierno en la reforma de 2012 y rechazada por el Parlamento de la época. Además, para eso fueron aprobadas en 2014 las medidas antielusiv­as. ¿O es que la solución es tener solamente empresas unipersona­les? ℗

Profesor de Derecho Tributario U. de Chile y socio Baraona, Fischer y Spiess Abogados.

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