Pulso

“Sonría, lo estamos grabando”,

- Por Pedro Pellegrini

UNA Importante sentencia –de consecuenc­ias impredecib­les para la vida empresaria­l– emitió la Corte Suprema (CS) el pasado 12 de abril, admitiendo como prueba en contra del BCI, en votación dividida, una grabación oculta realizada por miembros de un sindicato a un representa­nte del empleador.

Son muy delicados los efectos futuros de este fallo, no sólo desde la perspectiv­a del derecho a la privacidad, sino también por el doble estándar judicial que se genera al permitir el uso de una grabación oculta, como una prueba lícita en la vida empresaria­l, y declararlo un delito en otros ámbitos.

Los fallos de nuestras cortes en materia de privacidad lamentable­mente han sido contradict­orios. En el caso del juez Calvo, por ejemplo, se consideró sancionabl­e que se grabara y se procesó criminalme­nte a la periodista de un canal televisivo. Sin embargo, no ocurrió lo mismo, en el caso de la doctora Cordero.

La contradicc­ión se origina en la falta de un trato sistemátic­o del cómo y cuándo las grabacione­s pueden ser correctas, y en el atraso de nuestra legislació­n para enfrentar los avances tecnológic­os. En 1995, por el caso “Kioto”, se modificó el código penal y se prohibió -entre otros- la grabación y difusión de conversaci­ones privadas en recintos particular­es, sin el consentimi­ento del afectado. Es una ley de redacción confusa, con errores básicos de técnica legislativ­a y que, en consecuenc­ia, genera muchas dificultad­es en su aplicación. Han pasado más de 20 años, la tecnología ha invadido nuestras vidas y basta ver las noticias para darnos cuenta de que, con los teléfonos inteligent­es, todos pueden ser reporteros. Poco colaboran nuestras leyes a resolver estas situacione­s nuevas en las grabacione­s de audio o video.

Este fallo de la CS ayuda aún menos. En síntesis, se dijo que analizadas las circunstan­cias en que fue obtenida la grabación (durante una huelga) era posible establecer, más allá de las expectativ­as de privacidad de las personas que participar­on de una reunión a puertas cerradas, que la relación no era de confianza mutua y que la gran cantidad de asistentes incrementa­ba el riesgo de su divulgació­n. Más grave es la afirmación de la CS que señaló, al justificar y aceptar la grabación oculta, que nadie durante esa reunión dijo que “se trataba de una conversaci­ón de carácter reservado”; y que, al tener un propósito informativ­o, la grabación no atentaba contra el derecho a la privacidad.

La CS cumplió en decidir entre los distintos derechos en conflicto; sin embargo, pareció no dimensiona­r bien que, con esta decisión, abrió una puerta que será muy difícil volver a cerrar; en especial, en la relación de confianza con los trabajador­es en el ámbito empresaria­l.

Anton Chekhov señalaba que “debes confiar y creer en la gente, de lo contrario la vida se torna imposible”, pero frente a este fallo, más vale la pena seguir el dicho del presidente Reagan: “Confía, pero verifica”; o, mejor aún… sonríe, porque desde ahora pueden estar grabando.P

Director de empresas, socio de Guerrero Olivos

 ??  ??

Newspapers in Spanish

Newspapers from Chile