Pulso

Los cambios al SEIA,

- Por Jorge Troncoso

AUN cuando la experienci­a y los hechos demuestran la convenienc­ia y lo acertado de la decisión de terminar con las Comisiones de Evaluación y con el Comité de Ministros, es de la mayor relevancia pensar con mucha responsabi­lidad la nueva institució­n que se propone para radicar la decisión de la calificaci­ón ambiental de los proyectos de inversión.

La propuesta institucio­nal que se postula para resolver la calificaci­ón ambiental de los proyectos en el SEIA consiste en la instalació­n de tres “Comisiones Macrozonal­es de Evaluación”, integradas por el director macrozonal del SEA, el intendente regional y el secretario regional ministeria­l de Medio Ambiente de la región donde se ejecutará el proyecto, más dos miembros designados por el Presidente de la República y dos profesiona­les especialis­tas.

Esta nueva fórmula institucio­nal, aun cuando innova en la estructura orgánica y postula una cobertura espacial macrozonal, persevera en la vieja concepción de una instancia colegiada de configurac­ión política que replica el actual modelo. Esto es, se persiste en incorporar autoridade­s políticas o de gobierno en las decisiones de la calificaci­ón ambiental, aun cuando dicho esquema institucio­nal históricam­ente ha demostrado serias inconsiste­ncias al estar cruzado por variables políticas, electorale­s, económicas u otras que en nada se vinculan con la evaluación ambiental y tampoco agregan valor al mismo.

Luego de más de veinte años de operación del instrument­o, en la actualidad es un hecho indesmenti­ble que la calificaci­ón ambiental de un proyecto, solo será abordada adecuadame­nte cuando la institució­n que resuelva esa calificaci­ón esté revestida del profesiona­lismo necesario y de la autonomía suficiente que le permita abstraerse de cualquier gobierno de turno, de intereses políticos particular­es o de convenienc­ias pretendida­s por el mundo empresaria­l.

Al eliminar las Comisiones de Evaluación y el Comité de Ministros, resultaría mucho más eficiente que las potestades radicadas en esas instancias pasaran a formar parte de las atribucion­es del SEA, entidad que presenta la madurez suficiente para sobrelleva­r la responsabi­lidad de la calificaci­ón ambiental de los proyectos. Es más, en los hechos siempre han sido los funcionari­os y directivos del SEA (antes la Conama), quienes han debido sostener y fundamenta­r las decisiones de las calificaci­ones ambientale­s y de asumir la defensa de las mismas ante la comunidad, los titulares y, con especial relevancia, ante los Tribunales de Justicia.

En consecuenc­ia, y a juzgar por los hechos, pareciera ser que resulta de mucha mayor consistenc­ia que la atribución de la calificaci­ón ambiental definitiva­mente sea radicada, no en la instancia macrozonal que se propone y que será necesario instalar a costa de la desarticul­ación de las Direccione­s Regionales del SEA, sino que en el propio Servicio de Evaluación Ambiental, institució­n que debería ser reforzada profesiona­lmente y revestida de facultades que le entreguen la autonomía política y la entidad necesaria para resolver la calificaci­ón ambiental, en el marco de las reglas técnicas y jurídicas que orientan y conducen la evaluación ambiental.

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