Impacto en modificación del régimen de tasa máxima convencional,
En diciembre de 2013, se modificó la ley que fija la tasa máxima convencional (TMC), con el objetivo de reducir la tasa máxima permitida para los créditos de menores montos, y evitar con ello los efectos negativos derivados de la falta de conocimientos financieros de este grupo de deudores.
El cambio legal generó una reducción significativa de la TMC y de las tasas efectivas cobradas, aunque con diferencias a nivel de productos (consumo en cuotas, tarjetas, líneas), tramo de deuda (0-50 y 50-200) y oferentes de crédito (bancos e instituciones no bancarias).
En principio, esto debiera haber generado beneficios directos para los usuarios de crédito que mantuvieron acceso a productos financieros. Sin embargo a nivel del sistema se observa que la carga financiera de los hogares no se ha reducido, y el número de deudores morosos se ha recuperado a un nivel similar al del año 2012 previo a la ley que eliminó el registro Dicom.
Para el resto de la población el balance es menos claro. Por una parte, el flujo de nuevos deudores en el sistema bancario se ha mantenido estable. Por otra, de acuerdo con estimaciones de esta Superintendencia, a noviembre de 2017 entre 205 mil y 275 mil deudores que tenían registro de deuda en el sistema bancario previo al cambio legal, salieron del mercado crediticio bajo su fiscalización (que incluye también a entidades no bancarias).
Las razones de esta salida pueden ser múltiples: una reducción en la oferta producto del ajuste en precios; una reducción en la demanda, resultado de un menor crecimiento; o de un aumento en el desempleo; o simplemente por menores necesidades de consumo de dichos clientes. De hecho, los análisis de causalidad estadística efectuados no permitieron descartar que los cambios observados en los flujos de crédito hayan respondido al efecto de factores macroeconómicos y otras variables distintas al cambio legal.
Estimaciones de los márgenes, por línea de productos de los oferentes de crédito, sugieren mayores restricciones a la oferta de créditos de bajo monto (tramo 0-50 UF) en la banca, no así en otros oferentes.
Es importante destacar que los tramos de aplicación de la TMC están establecidos en la ley. Por lo mismo, en su último informe de evaluación de impacto la SBIF recomendó mantener el monitoreo del segmento de crédito por menores montos, con el fin de que las autoridades competentes evalúen la necesidad de implementar modificaciones legales.
Para promover un mayor acceso al crédito una buena alternativa es generar suficiente información del historial de crédito de los clientes que, bajo su consentimiento, esté disponible a los oferentes de crédito para estructurar productos que respondan al perfil de riesgo de los mismos, de manera que buenos pagadores, independientemente de su nivel de ingreso, tengan acceso al mercado crediticio formal en términos competitivos y justos.
Revitalizar el proyecto que crea el Sistema de Obligaciones Económicas (SOE), debiera ser una prioridad.