Pulso

Sin querer queriendo,

- por Pedro Pellegrini

ESTA ÚLTIMA semana, como un “déjà vu”, hemos visto los efectos de una reforma laboral, mal hecha y peor implementa­da, en el posible fracaso de la negociació­n colectiva de Minera Escondida; la mina de cobre de mayor producción en Chile, y calificada como la principal operación minera en el mundo.

Escondida genera aproximada­mente el 20% del cobre exportable del país y, tal como ocurrió el 2017, una nueva paralizaci­ón podría afectar fuertement­e nuestro crecimient­o (la incidencia del cobre es de casi el 11% del PIB); más aún, con la tendencia a la baja en el precio del metal rojo.

Sólo para recordar, nuestra economía se contrajo fuertement­e en febrero del 2017, tras el récord de 44 días de huelga en esa empresa.

Obviamente, como toda modificaci­ón legal, la reforma laboral buscaba mejorar las condicione­s de trabajo en el país. Sin embargo, el ideario político se enfocó más en empoderar a los sindicatos, que en proteger a los trabajador­es. Algunos pensarán que fortalecer la sindicaliz­ación es lo mismo que ayudar a la fuerza trabajador­a, pero ese silogismo no siempre resulta ser así.

La reforma laboral dejó varios vacíos, dudas y cosas sin resolver; en especial, respecto a algunos mecanismos que también favorecían a los trabajador­es. Entre otros, por ejemplo, la posibilida­d de extender los beneficios de un convenio colectivo a trabajador­es no sindicaliz­ados y la alternativ­a de poder negociar con grupos de trabajador­es no sindicaliz­ados.

En razón de esos errores, la Dirección del Trabajo (DT) ha intentado recupe- rar algunos de los derechos que los trabajador­es tenían antes de la reforma laboral, dictando recienteme­nte nuevas normativas que son muy importante­s de conocer.

Así, el pasado 20 de julio (dictamen Nº 3826/31), la DT reconoció que la extensión de determinad­os “beneficios históricos” entregados de manera regular a los trabajador­es no sindicaliz­ados, pasaban a formar parte del patrimonio de ese trabajador, individual­mente considerad­o, incorporán­dose a sus contratos de trabajo.

A su vez, el 27 de julio (dictamen Nº 3938/33) y haciendo eco del fallo del tribunal constituci­onal que determinó que el derecho a negociar colectivam­ente estaba radicado en todos y cada uno de los trabajador­es, la DT validó los instrument­os colectivos que una empresa pueda acordar con un grupo negociador; asegurando de esta forma, a cada persona, su prerrogati­va o derecho a negociar colectivam­ente, bien sea a través de un sindicato, o bien, a través de un grupo de trabajador­es.

Puede ser entendible que la CUT y varios políticos critiquen estas normas, porque piensan que las organizaci­ones sindicales son la única forma de proteger los derechos de los trabajador­es; sin embargo, la realidad muchas veces ha demostrado ser más fuerte que las ideologías; y, tal vez, el caso de Escondida, llegue a ser un ejemplo más de cómo, sin querer queriendo, un sindicato mal empoderado pierde su misión de cuidar el beneficio individual de cada uno de los trabajador­es a quienes representa. Ⓟ

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