El Estado planificando: la Ley de Transmisión,
LA Ley 20.936 de 2016, o Ley de Transmisión, constituye la mayor reforma a la industria de la electricidad en Chile en la última década.
En el nuevo esquema de planificación, cada cinco años, el Ministerio de Energía debe adelantarse al mercado y proyectar qué tecnologías de generación renovable dominarán y en dónde se localizarán sus polos de desarrollo. Con esta definición, la Comisión Nacional de Energía (CNE) anualmente debe identificar las líneas que se necesitarán y procurar que se construyan con anticipación y holguras. En otras palabras, se trata de que cada vez que una central evalúe instalarse, la transmisión necesaria ya esté construida y pagada.
La regla de asignación de los costos de transmisión entre generadores y clientes fue cambiada por un esquema, en donde, tras un largo período de transición, todo el costo será asumido por los clientes. En la transición, los costos asignados a los generadores, según la regla derogada, serán traspasados gradualmente a los clientes según venzan sus contratos de suministro.
Algunos han señalado que la llegada masiva de proyectos de energía renovable es una consecuencia de esta ley. Sin embargo, los paneles solares fotovoltaicos chinos, que cuestan un quinto del valor que tenían hace algunos años atrás, han inundado los mercados internacionales dando cuenta, más bien, de un fenómeno global.
La implementación de la normativa ha traído algunas consecuencias. Los clientes han discrepado del plan de expansión propuesto por la CNE, que incluye un enlace en corriente continua y un sistema de almacenamiento, valorado en US$3.000 millones, y el nuevo esquema de asignación de los costos zonales de red originó un alza en las cuentas de los clientes industriales, situación que obligó a la CNE a corregir su metodología de cálculo incorporando criterios similares al régimen derogado. Como sea, un buen sistema de regulación debe resolver la tensión entre inversiones en nuevas líneas y la congestión. También debe dar señales de localización apropiadas a transmisores y generadores. Sin embargo, por sí sola, la planificación del Estado no es suficiente para resolver este complejo problema, pues, a pesar de lo completa que sea, las expectativas del planificador central no necesariamente coincidirán con las del mercado.
Algunas mejoras a la ley parecieran necesarias. Los clientes y generadores deben participar de manera vinculante en el proceso de planificación. Los plazos del proceso conjunto de planificación y adjudicación de las nuevas líneas, que pueden llegar a un par de años, necesitan acortarse. Finalmente, la larga transición, en donde conviven dos reglas opuestas de asignación de costos, ha introducido una nueva maraña regulatoria que requiere de una cuidadosa revisión.
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