-La solución al dilema del Sistema de Gestión Ambiental,
LAS razones fundamentales que explican la situación de contaminación ambiental que se presenta en la Bahía de Quintero, no hay que buscarlas en la ausencia de normas de emisión o calidad para las actividades que allí se desarrollan; o en el hecho de que varios de los proyectos que allí operan sean anteriores a la entrada en vigencia del SEIA; o en la ausencia de un plan de descontaminación actualizado; o en la mayor o menor fiscalización que se desarrolla.
Las razones que explican la crisis ambiental, hay que buscarlas en la negación sistemática del Estado a incorporar al modelo institucional, la aplicación efectiva de instrumentos de gestión ambiental de primera y segunda generación que son los necesarios para incorporar la variable ambiental en la definición de políticas públicas y en el desarrollo de la planificación del territorio. Estas herramientas, como la Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) u otras, deben operar como instrumentos de gestión pública que incorporan la dimensión ambiental en las políticas y planes, previo al desarrollo de cualquier iniciativa en el territorio.
De acuerdo con lo anterior, una determinada iniciativa de inversión solo podría proyectarse en un territorio, en tanto ésta sea consistente con la política pública y con la planificación del territorio, en el entendido que dichas políticas y planes han sido objeto de una EAE. De este modo, los instrumentos de tercera generación, como es el SEIA u otros, en situaciones como las que enfrenta la bahía de Quintero, pierden sentido y su aplicabilidad ya no resulta útil.
La negación en la aplicación oportuna y efectiva de instrumentos de primera y segunda generación, es la razón fundamental de la existencia de un conjunto de zonas del país con deterioros crecientes de la calidad ambiental, como Tocopilla, Huasco, Tiltil y el caso de Quintero-Puchuncaví, entre otras.
Sin embargo, y a la hora de una crisis ambiental como la que ocurre en la actualidad, lo que procede, es que se gatillen de manera inmediata medidas de excepción, a través de las cuales el Estado ponga a resguardo la salud de las personas, para de este modo y, una vez implementas estas medidas, proceder con la aplicación de los instrumentos correctivos, donde cobra la mayor relevancia la definición y aplicación de un Plan de Descontaminación. El Plan deberá establecer las medidas que cada establecimiento emisor deberá implementar, de manera de alcanzar las metas que permitan salir de la saturación y recuperar niveles de calidad del aire aceptables para la salud y la protección de los recursos naturales impactados.
Sin perjuicio de lo señalado, cabe hacer presente que el alcance de un Plan de Descontaminación no permite hacerse cargo de la globalidad del problema ambiental que enfrenta la zona, por cuanto éste solo está orientado a revertir la situación de saturación. De acuerdo con ello, para abordar de manera adecuada la situación, será necesario complementar las medidas del Plan, con el despliegue de otras herramientas que permitan congelar el parque industrial, prohibir el ingreso de nuevos emisores, promover mejoras tecnológicas de control y abatimiento de emisiones, entre otras. ℗
Ex director ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental