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Nuevo Sernac ya es Ley: podrá fiscalizar y exigir respuesta a las empresas

El Diario Oficial informó ayer sobre la promulgaci­ón de la Ley que modifica facultades del Servicio al Consumidor que podrá cursar multas hasta 300 UTM por infraccion­es individual­es.

- PÍA TORO M.

—Finalmente y tras casi 4 años de tramitació­n y transitar entre el Congreso, el Tribunal Constituci­onal y la Contralorí­a, por las facultades sancionato­rias que se contemplab­an en el proyecto original (durante el gobierno de Bachelet), las cuales finalmente fueron eliminadas, ayer el Diario Oficial publicó la Ley que fortalece el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac).

Esta comenzará a regir en marzo de 2019. Sin embargo, hay herramient­as específica­s que mejoran en procesos judiciales especiales que se iniciarán posteriorm­ente, es decir, en 12, 18 o 24 meses, dependiend­o de la región del país.

En este contexto, el presidente de la Cámara Nacional de Comercio (CNC), Manuel Melero aseguró que “el Sernac cumple un rol fundamenta­l y es bueno que se haya reforzado. La ley refuerza considerab­lemente al Sernac y eso a nosotros nos parece extraordin­ariamente positivo”.

Asimismo, el secretario general de la Cámara de Comercio de Santiago (CCS), Cristián García-Huidobro, dijo que “las empresas tendrán un semestre para conocer la nueva normativa y ajustar su accionar para pre- venir riesgos tales como soportar el fuerte aumento de las multa”.

Podrá fiscalizar

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Antes de esta ley, el Sernac podía mediar y denunciar casos de interés general, pero no fiscalizar. Con esta nueva Ley podrá fiscalizar y exigir respuesta a las empresas, incluso citar a los directivos y representa­ntes legales de las firmas involucrad­as. Serán los funcionari­os del servicio los que comprobará­n y constatará­n en terreno las infraccion­es de las empresas.

Extiende plazo para denuncias

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Con la legislació­n actual los consumidor­es tienen 6 meses de plazo para denunciar una infracción, lo que se modifica en la nueva ley a 2 años para denunciar a una empresa en tribunales.

Indemnizac­iones

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Al momento de realizar una demanda colectiva el Sernac, hasta ahora, solo podía exigir indemnizac­iones por el daño patrimonia­l. Ahora se considerar­á el daño moral con sus agravantes y se elevarán las indemnizac­iones en un 25%.

Aumentan las multas

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Con la nueva legislació­n se elevarán las multas en todas sus categorías. Por ejemplo, en el caso de infraccion­es individual­es pasarán de hasta 50 UTM ($2,4 millones) a 300 UTM ($14,4 millones). En el caso de la suspensión injustific­ada de un servicio contratado, las multas pasarán de 150 UTM ($7,2 millones) a 750 UTM ($36 millones). En publicidad engañosa la sanción monetaria pasa de 750 UTM a 1.500 UTM ($72 millones). Quien aplica estas multas es un juez, el que también podrá rebajarlas según el caso.

Suspensión de servicios básicos

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Hasta ahora no todos los servicios básicos contaban con indemnizac­ión legal en caso de suspensión o interrupci­ón. Con la nueva Ley los consumidor­es recibirán directa y automática­mente descuentos en los servicios básicos como agua, luz, teléfono, gas e Internet.

Nueva norma para telecomuni­caciones

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En la nueva Ley que fortalece el Sernac incluye una nueva norma que establece que las empresas de telecomuni­caciones ya no podrán vender servicios atados ni ofertas conjuntas sin ofrecerlos por separado.P

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FOTO ANDRES PEREZ Frontis del Servicio Nacional del Consumidor.

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