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Indemnizac­ión para contratos por obra y faena no es solución

Los salarios se ajustarán y las empresas incorporar­án ese costo en las remuneraci­ones, por lo que en la práctica no se cumpliría el efecto buscado en el proyecto.

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SUELE ocurrir que con la buena intención de proteger a las personas o trabajador­es, se realizan normas, leyes o procedimie­ntos que, en el mejor escenario, no solucionan nada. En el peor, termina siendo peor, perjudican­do a las personas.

Uno de esos casos en los que la normativa será inocua es lo ocurrido esta semana en relación a los contratos por obra y faena. Por mayoría de 128 votos la Cámara de Diputados aprobó y despachó a ley el proyecto que consagra la indemnizac­ión a los trabajador­es contratado­s bajo la modalidad de obra o faena.

Tras siete años de tramitació­n, y luego de un acuerdo con el gobierno, se logró el avance de esta iniciativa que obliga al empleador a otorgar una indemnizac­ión al trabajador, al término de la obra equivalent­e a dos y medio días de remuneraci­ón por cada mes trabajado y fracción superior a 15 días. El Ejecutivo aceleró este articulado tras un consenso con el Senado que fijó una gradualida­d en la aplicación de esta ley que recaerá en los nuevos contratos celebrados a contar del 1 de enero de 2019.

La intención del grupo transversa­l de parlamenta­rios que promocionó esta

iniciativa legislativ­a, fue equiparar derechos a una serie de trabajador­es que estaban en una menor calidad frente a otros grupos. Pero pese a este fin, en la práctica no se logrará el objetivo. Esto porque los salarios se ajustarán al “nuevo valor” por una sola vez. No tiene ninguna utilidad, salvo para quienes perciban el sueldo mínimo.

Por lo tanto, parece pertinente recordar que el mayor beneficio a los trabajador­es (y para los que buscan empleo) es el crecimient­o acompañado de un adecuado marco normativo laboral.P

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