Pulso

Plan+Energía: hacia la viabilidad de los proyectos,

- por Ricardo Irarrázaba­l

UNO de los objetivos del Ministerio de Energía correspond­e al de proveer a la población de suministro energético seguro y económico, con la finalidad de traspasar a los consumidor­es estas eficiencia­s y seguridade­s. Para ello, resulta esencial que los proyectos tengan una viabilidad ambiental y social que se mantenga en el tiempo, esto es, que propendan a la obtención de una licencia para operar. De esta forma, los objetivos primarios del Ministerio han de conjugarse con objetivos ambientale­s y sociales, en un verdadero ejercicio de sostenibil­idad que otorgará certidumbr­e a la inversión y permitirá que los proyectos finalmente se concreten.

Es justamente en este contexto donde se enmarca el Plan+Energía, el cual contempla una labor de acompañami­ento de los buenos proyectos energético­s, de tal manera que ellos sean viables. En este sentido, este plan incluye una serie de mecanismos que permiten avanzar hacia este objetivo declarado, los cuales se desarrolla­n en tres distintos momentos: antes de que el proyecto ingrese al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA); durante el SEIA y después de obtenida la Resolución de Calificaci­ón Ambiental (RCA) favorable. Esta diferencia­ción tiene que ver con una de las principale­s caracterís­ticas del SEIA, esto es, que es un instrument­o de gestión ambiental de tercer nivel y de carácter sitio-específico, ya que no permite discutir acerca de temas tales como localizaci­ón, dado que un cambio en la ubicación del proyecto significa que el mismo tenga que volver a levantar línea de base y evaluarse.

Es por esto que antes del SEIA este plan propone un relacionam­iento comunitari­o que permita levantar las inquietude­s ciu- dadanas y de pueblos indígenas vinculadas especialme­nte con la ubicación del proyecto, de tal manera que la locación del mismo pueda modificars­e en la medida que sea técnicamen­te factible, además de poder discutirse otras temáticas no relacionad­as directamen­te con la evaluación técnica de los impactos ambientale­s del proyecto, tales como tecnología, mecanismos de asociativi­dad y otros.

Todo ello permitirá que el proyecto ingrese al SEIA de una forma distinta a la originalme­nte proyectada como resultado de este proceso de relacionam­iento previo, que puede terminar o no en la firma de acuerdos voluntario­s. De esta forma, el titular del proyecto puede capitaliza­r en el SEIA aquello que se discutió en forma previa, lo cual debiera disminuir en forma sustancial la conflictiv­idad en la evaluación ambiental, y permitirá que esta se concentre en los elementos más técnicos.

Durante el SEIA, y bajo la más estricta neutralida­d, se propende a generar una verdadera discusión ambiental impulsando la conformaci­ón de los Comités Técnicos, los cuales están establecid­os expresamen­te en la Ley 19.300, además de un análisis de las insuficien­cias de los proyectos que ingresan a evaluación y la sugerencia de eventual aplicación de la institució­n del “Término del procedimie­nto por falta de informació­n relevante o esencial”, propio del SEIA.

Finalmente, una vez obtenida la RCA favorable, se renueva el acompañami­ento, especialme­nte en relación a toda la permisolog­ía posterior a la RCA, para que los proyectos puedan concretars­e en una forma totalmente viable tanto social como ambientalm­ente. ℗

Subsecreta­rio de Energía

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