Plan+Energía: hacia la viabilidad de los proyectos,
UNO de los objetivos del Ministerio de Energía corresponde al de proveer a la población de suministro energético seguro y económico, con la finalidad de traspasar a los consumidores estas eficiencias y seguridades. Para ello, resulta esencial que los proyectos tengan una viabilidad ambiental y social que se mantenga en el tiempo, esto es, que propendan a la obtención de una licencia para operar. De esta forma, los objetivos primarios del Ministerio han de conjugarse con objetivos ambientales y sociales, en un verdadero ejercicio de sostenibilidad que otorgará certidumbre a la inversión y permitirá que los proyectos finalmente se concreten.
Es justamente en este contexto donde se enmarca el Plan+Energía, el cual contempla una labor de acompañamiento de los buenos proyectos energéticos, de tal manera que ellos sean viables. En este sentido, este plan incluye una serie de mecanismos que permiten avanzar hacia este objetivo declarado, los cuales se desarrollan en tres distintos momentos: antes de que el proyecto ingrese al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA); durante el SEIA y después de obtenida la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable. Esta diferenciación tiene que ver con una de las principales características del SEIA, esto es, que es un instrumento de gestión ambiental de tercer nivel y de carácter sitio-específico, ya que no permite discutir acerca de temas tales como localización, dado que un cambio en la ubicación del proyecto significa que el mismo tenga que volver a levantar línea de base y evaluarse.
Es por esto que antes del SEIA este plan propone un relacionamiento comunitario que permita levantar las inquietudes ciu- dadanas y de pueblos indígenas vinculadas especialmente con la ubicación del proyecto, de tal manera que la locación del mismo pueda modificarse en la medida que sea técnicamente factible, además de poder discutirse otras temáticas no relacionadas directamente con la evaluación técnica de los impactos ambientales del proyecto, tales como tecnología, mecanismos de asociatividad y otros.
Todo ello permitirá que el proyecto ingrese al SEIA de una forma distinta a la originalmente proyectada como resultado de este proceso de relacionamiento previo, que puede terminar o no en la firma de acuerdos voluntarios. De esta forma, el titular del proyecto puede capitalizar en el SEIA aquello que se discutió en forma previa, lo cual debiera disminuir en forma sustancial la conflictividad en la evaluación ambiental, y permitirá que esta se concentre en los elementos más técnicos.
Durante el SEIA, y bajo la más estricta neutralidad, se propende a generar una verdadera discusión ambiental impulsando la conformación de los Comités Técnicos, los cuales están establecidos expresamente en la Ley 19.300, además de un análisis de las insuficiencias de los proyectos que ingresan a evaluación y la sugerencia de eventual aplicación de la institución del “Término del procedimiento por falta de información relevante o esencial”, propio del SEIA.
Finalmente, una vez obtenida la RCA favorable, se renueva el acompañamiento, especialmente en relación a toda la permisología posterior a la RCA, para que los proyectos puedan concretarse en una forma totalmente viable tanto social como ambientalmente. ℗
Subsecretario de Energía