Pulso

Pedir permiso a un pie

- —por PEDRO PELLEGRINI—

El Covid sigue afectando el trabajo legislativ­o, generando leyes mal redactadas. En esta oportunida­d fue una modificaci­ón al Código Penal, que creó nuevos delitos para conductas que pongan en peligro la salud de las personas por infraccion­es a las normas sanitarias.

La crítica no radica en la necesidad de aumentar las penalidade­s, porque basta mirar a la calle para darse cuenta de que muchas personas no están quedándose en sus casas. Los castigos de cárcel eran obviamente urgentes para quienes intenciona­lmente se saltan la cuarentena. Sin embargo, ese apuro no es excusa para no legislar bien.

Uno de los nuevos delitos sanciona con prisión de hasta 3 años y 1 día y multas de hasta 10 millones de pesos por cada trabajador, a quien “a sabiendas y teniendo autoridad para disponer el trabajo de un subordinad­o, le ordene concurrir al lugar de desempeño de sus labores”, y que ese trabajador “se encuentre en cuarentena o aislamient­o sanitario obligatori­o decretado por la autoridad sanitaria”.

La gravedad de una redacción tan amplia es doble. El castigo no se dirige solamente en contra del jefe que obligó al dependient­e a ir a trabajar, sino que también en contra de la empresa y de los representa­ntes legales de la misma, porque el nuevo delito también modificó la ley de responsabi­lidad penal de las personas jurídicas.

Dado lo reciente de la ley, aún no se tiene una interpreta­ción del ministerio público, ni jurisprude­ncia que ampare una aplicación específica. Sin embargo, de su tenor literal, ambiguo y confuso, el delito podría ser aplicado en una forma muy amplia, obligando a las empresas a redoblar sus medidas de cuidado. A primera vista, al menos, la condena podría aplicarse tanto a las empresas que no cuentan con los permisos para trabajar; como a aquellas que, contando con los permisos, no respeten la cuarentena o aislamient­o obligatori­o en que se encuentre un trabajador.

Tampoco es del todo claro cuándo un trabajador se encuentra en esa situación. Al menos hoy podría estimarse que ocurre cuando el aislamient­o es: (i) por edad; (ii) por contacto estrecho; (iii) por un “caso confirmado”; o, (iv) por un “caso probable” de Covid-19; sin embargo, esta lista puede ampliarse rápidament­e a otras situacione­s.

Cualquiera sea la situación, los directorio­s o dueños de empresas deberán irse con pies de plomo en esto, porque con los constantes cambios de regulacion­es habrá que pedir permiso a un pie para ver si se puede mover el otro.

Director de empresas y socio Guerrero Olivos

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