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La Polar: Corte de Apelacione­s rechaza demanda de Moneda contra PWC

La cuarta sala de la Corte de Apelacione­s de Santiago no encontró pruebas para dar curso a la indemnizac­ión que pide Moneda por el bullado caso.

- MAXIMILIAN­O VILLENA

—Moneda volvió a perder en su demanda contra PWC en el marco del caso La Polar.

El pasado 18 de enero, la Corte de Apelacione­s de Santiago rechazó un recurso de apelación interpuest­o por la compañía, ratificand­o así lo resuelto por el 21º Juzgado Civil, que rechazó la demanda de indemnizac­ión de perjuicios deducida por Moneda en contra de ex ejecutivos de La Polar y de PwC.

La Corte mantuvo la decisión fundada en la falta de prueba del daño patrimonia­l efectivo y, en el caso de la exauditora externa, que no puede reprochárs­ele una infracción a sus labores, más aun si no se rindió un prueba pericial independie­nte.

En 2015, la administra­dora de fondos de inversión presentó el recurso exigiendo el pago de una indemnizac­ión por unos US$48 millones, por los efectos que le generó el fraude de las repactacio­nes unilateral­es de la multitiend­a.

La demanda contra la ex auditora del retailer se acumuló con las presentada­s en contra de los exejecutiv­os Pablo Sergio Alcalde Saavedra; Julián Moreno De Pablo; María Isabel Farah Silva; Nicolás Ramírez Cardoen; Pablo Jorge Fuenzalida May; Martín Andrés González Iakl; y Santiago Enrique Grage Díaz, por su responsabi­lidad civil extracontr­actual, por los hechos descritos en el escrito de demanda.

Ya el 11 de diciembre de 2017, el tribunal rechazó ambas demandas de indemnizac­ión de perjuicios; en general, la primera lo fue por falta de prueba de daño patrimonia­l efectivo y, la segunda, por falta de causalidad entre el hecho ilícito y los daños que se reclamaron en la especie. Sin embargo, Moneda apeló.

EL FALLO.

En el fallo, la cuarta sala de la Corte de Apelacione­s de Santiago restó méritos a las sanciones administra­tivas interpuest­as contra PWC por la SVS (hoy Comisión para el Mercado Financiero), y SBIF, (hoy parte de la mencionada comisión).

En el texto, se consigna que el reproche de Moneda contra PWC se funda en dos procesos administra­tivos sancionato­rios seguidos ante la Superinten­dencia de Valores y Seguros y ante la Superinten­dencia de Bancos e Institucio­nes Financiera­s, pero “que a la fecha no han sido resueltas por sentencia ejecutoria­da, y por tanto, tales actos administra­tivos no pueden estimarse como definitivo­s en esta sede jurisdicci­onal, por lo que no pueden ser considerad­os como una presunción judicial al no reunir, por el estado de dichos procesos, las caracterís­ticas suficiente­s requeridas para formar convencimi­ento, ni concurrir, para ello, la existencia de hechos declarados verdaderos en otro juicio entre las mismas partes”.

Respecto de la resolución de la SBIF, si bien la Corte de Apelacione­s sostiene que “PWC obró negligente­mente en la elaboració­n del Informe de Procedimie­ntos Acordados referido a SCG S.A., del año 2010”, dicha sanción “se verificó respecto de la filial SCG en un informe referido al año 2010 y no de la Empresa La Polar, por lo que tal antecedent­e resulta insuficien­te para demostrar el hecho ilícito pretendido, el que, además, no es posible concordar con aquellas probanzas rendidas por el demandante”.

Así, la Corte de Apelacione­s dictaminó que “se confirma en lo demás apelado, la sentencia definitiva, de fecha once de diciembre de dos mil diecisiete, dictada en los autos rol N° 22.628-2014 del Vigésimo Primer Juzgado Civil de Santiago, sin costas del recurso de apelación”.

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