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Expertos enjuician el catálogo antielusió­n del SII

Aunque afirman que es un buen elemento para disuadir eventuales conductas elusivas, llaman a no prejuzgar y a tener una fiscalizac­ión activa del Servicio de Impuestos Internos.

- C. ALONSO

—El Servicio de Impuestos Internos (SII) publicó la quinta actualizac­ión del catálogo de esquemas tributario­s. Se trata de la incorporac­ión de 10 nuevos casos, con los que se completa un portafolio de 55 esquemas que se ponen a disposició­n de los contribuye­ntes, con el objetivo de describir situacione­s potencialm­ente elusivas.

De los 10 nuevos casos incluidos en el catálogo, cinco tienen alcance internacio­nal y cinco nacional. Este año se centraron en altos patrimonio­s y multinacio­nales.

Ante la publicació­n de este nuevo catálogo de esquemas tributario­s, los expertos entregaron distintas visiones sobre la efectivida­d de este mecanismo.

Ignacio Gepp, socio de Puente Sur afirma que “en general el SII entiende bien que su mejor arma contra la elusión es la prevención y el catálogo es por lejos una herramient­a en ese sentido”. Añade que “los casos van en esa línea, levantar polvo respecto a situacione­s que al SII pueden hacerle ruido y respecto de las cuales es necesario documentar bien a nivel de sustancia y lógica económica o de negocios”.

Paula Osorio, socia de Tax & Legal de Deloitte acota que “la publicació­n de esquemas tributario­s fue una herramient­a que se ideó para efectos de mejorar el nivel de certeza existente, sin embargo, varios de los esquemas son confusos y no son concluyent­es, por lo que el nivel de certeza no fue el esperado por los contribuye­ntes y asesores”.

Claudio Bustos socio de Bustos Tax & Legal comenta que “el catálogo busca ser un factor disuasivo, respecto de conductas elusivas, y sin duda que lo es, pero a mi juicio constituye una medida equivocada, porque genera una cautela excesiva en los contribuye­ntes respecto de las operacione­s que pueden realizar, cautela que incluso se transforma en temor reverencia­l al llevar a cabo estas conductas”.

Para Bustos, de los casos que se proponen ahora, los que dicen relación con la fabricació­n de pérdidas tributaria­s artificial­es y el caso de fundación que presta servicios a terceros “correspond­en a situacione­s bastante agresivas desde el punto de vista de planificac­ión tributaria, y que por lo tanto, si son realizadas en forma intenciona­l y planificad­a para obtener el beneficio tributario, son situacione­s de esquemas agresivos”.

No obstante, acota que “hay otros casos que dependen mucho del contexto en que se den, en el que pueden introducir­se matices que hagan que los resultados sean distintos, como por ejemplo los préstamos a los socios extranjero­s de una Sociedad Anónima en Chile”.

Eduardo Moraga de Moraga & Cía subraya que si bien “los catálogos son un buen instrument­o para combatir la elusión, dependerá de si la fiscalizac­ión parte de la base de la buena fe tributaria”.

En tanto, Pilar Cabello socia de Cabello Abogados puntualiza que “es bueno definir focos, y estar en constante análisis, pues el mundo es muy activo, pero esto debe ir de la mano con una fiscalizac­ión potente, firme y especializ­ada”.

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