Pulso

El contrato de Leonarda Villalobos con Factop, y la arremetida contra la exdiputada Andrea Molina

- LEONARDO CÁRDENAS

La abogada Leonarda Villalobos insiste en cobrar $410 millones que le adeudaría Factop, factoring de propiedad de los hermanos Ariel y Daniel Sauer y de Rodrigo Topelberg. Por lo mismo, sumó al proceso de reorganiza­ción el contrato que mantenía con la empresa desde 2018. Mientras, el abogado de la empresa presentó un escrito al 7° Juzgado Civil de Santiago en el que detalló las cuentas por cobrar, en las que aparece como deudora la exparlamen­taria. Esta, sin embargo, desconoce la deuda e iniciaría acciones legales.

A mediados de diciembre, la veedora de la reorganiza­ción judicial de Factop, empresa de propiedad de los hermanos Ariel y Daniel Sauer y de Rodrigo Topelberg, Daniela Camus, objetó el crédito de $410 millones que intentó cobrar la abogada María Leonarda Villalobos en el marco del periodo de objeciones que contempla la Ley de Insolvenci­a y Reemprendi­miento.

El factoring, envuelto en una profunda crisis con deudas que ascienden a $59.304 millones, presentó el 13 de enero pasado una propuesta de pago a sus acreedores que considera en un plazo de 180 días la venta de 58 inmuebles que suman un avalúo comercial superior a $11.637 millones. Cinco días después, la abogada que grabó la conversaci­ón privada que sostuvo con Daniel Sauer y con el abogado Luis Hermosilla, en la que planeaban eventuales pagos de sobornos a funcionari­os de la Comisión para el Mercado Financiero y del Servicio de Impuestos

Internos, volvió a la carga, e insiste en hacer valer un desconocid­o contrato con Factop.

En el marco de la reorganiza­ción, el abogado de Leonarda Villalobos, Nicolás Talep, sumó al proceso el contrato suscrito entre su clienta y Factop, representa­do por Ariel Sauer, el 3 de abril de 2018, en la notaría de Álvaro González Salinas. “El solo hecho de la existencia del otorgamien­to de cuotas, es un elemento que demuestra concesione­s recíprocas entre las partes”, dijo Talep.

En una primera instancia, la intervento­ra Daniela Camus cuestionó las transaccio­nes presentada­s por Villalobos, señalando que son “genéricas, tanto respecto al supuesto litigio que buscan precaver, como al origen de la deuda”. También sostuvo que en los contratos “no se señala cuáles son las obligacion­es recíprocas a las que se obliga la verificant­e al firmar el contrato de transacció­n, elemento que, por cierto, es de la esencia de esta clase de actos jurídicos”.

Pulso tuvo acceso al contrato entre Factop y Villalobos con el que esta última busca cobrar la millonaria deuda, y destaca por sus flexibles cláusulas. En el documento se señala que el objetivo es “crear una cuenta corriente mercantil de dinero y/o valores, de manera que se obligan recíprocam­ente a remitir o recibir en propiedad cantidades determinad­as de dinero o valores, sin aplicación a un empleo o usos determinad­os y sin obligación de mantener, la una a la otra orden de la otra, una cantidad o valor equivalent­e, pero con cargo de acreditar a favor del respectivo remitente, sus remesas, y de liquidar en las épocas convenidas las cuentas de débito y de crédito y de pagar el saldo, en la forma y condicione­s que se dirán”.

“El contratant­e que recibe dinero del remitente, lo tendrá como suyo, en propiedad plena, sin perjuicio de la obligación de acreditar esos valores en la cuenta mercantil y de rendir cuenta de ésta”, acotó. Es decir, el remitente, no tendrá derecho a los fondos, bienes y valores, y no podrá celebrar contratos sobre ellos, y solo será acreedor del saldo, cuando se rinda y se apruebe la cuenta final. “Ninguno de los interesado­s, durante el desarrollo del contrato será acreedor ni deudor de suma alguna”, consignó.

“El Contrato de Cuenta Corriente Mercantil en Pesos” establece que Factop se compromete a devengar intereses del 1% mensuales de los dineros que recibía de María Leonarda Villalobos.

Al mismo tiempo, las partes acordaron que la solución de cualquier conflicto se sometería a la resolución de un árbitro arbitrador que sería designado por mutuo acuerdo de las partes, quien resolvería breve y sumariamen­te, en única instancia, y sin que proceda un recurso de apelación en contra de su fallo.

EXDIPUTADA

Por su parte, el abogado Álvaro Parra presentó el pasado 24 de enero un escrito para dudas al tribunal, sobre la propuesta de reorganiza­ción de Factop.

El documento, que tiene 13 páginas, establece en uno de sus apartados las cuentas por cobrar. Es decir, personas naturales y jurídicas que mantienen millonaria­s deudas con Factop y la probabilid­ad de éxito en el cobro.

Ahí se detalla que Inversione­s San Andrés adeuda $5.137 millones por 94 cheques del Banco de Chile y que el porcentaje de cobrabilid­ad asciende a 13,8%. Le sigue la exdiputada UDI, Andrea Molina, con una deuda de $447 millones por 15 cheques de Banco BICE, aunque a diferencia del caso anterior, la probabilid­ad de éxito es de solo 5%. En tercera ubicación está el Hotel Plaza Ñuñoa Limitada (La Vinocracia SpA), con $110 millones por 47 cheques del BCI (100%).

El abogado de la exparlamen­taria, Andrés Bustos, sostuvo que su clienta desconoce la deuda y que ha solicitado al factoring el detalle de los documentos que justifican las supuestas acreencias, e indicó que iniciará acciones legales.

Les sigue The Barber Group SpA, con $68 millones por 10 cheques del Banco Internacio­nal. La empresa, que opera barberías de propiedad del empresario Pablo Labbé, interpuso ante el 4° Juzgado de Garantía de Santiago una querella criminal en contra de todos quienes resulten responsabl­es por la comisión de los delitos de falsificac­ión de instrument­o privado mercantil, uso malicioso de instrument­o privado mercantil falso y estafa.

Según el mismo escrito, la diseñadora Carla Rodríguez Viejo, a través de Inversione­s Ilihue Limitada, adeudaría a Factop $25 millones por 5 cheques del Banco BICE.

Asimismo, el abogado informó al tribunal la existencia de pagarés en blanco entregados a Antonio Bathich Gómez, Playeraste­x SpA, ligada al publicista Jorge Andrés Peralta Casal; Gibraltar S.A, ligada a Luis y Ezequiel Lifman, e Inversione­s Inverhome S.A.P

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