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Ley Uber: solo el 15,5% de los choferes de las aplicacion­es de transporte cumple con la normativa

- CARLOS ALONSO

De acuerdo a un análisis del Centro de Encuestas y Estudios Longitudin­ales de la UC, el 37,2% de los conductore­s no cumple con el requisito de antigüedad y cilindrada, de un universo de 107.500. El mayor incumplimi­ento se produce con respecto a tener una licencia profesiona­l, llegando al 78,3%.

Contralorí­a se encuentra en proceso de revisión del reglamento que debe regular a las empresas de aplicacion­es de transporte bajo una serie de requisitos tales como la licencia de conducir, antigüedad del vehículo y cilindrada máxima, entre otros. Esto, en el marco de la implementa­ción de la ley que regula las aplicacion­es de transporte (EAT) en Chile, más conocida como Ley Uber.

Entre los principale­s cambios, la ley establece la inscripció­n de los conductore­s y vehículos en los seis primeros meses de vigencia de la ley (Art. 2º transitori­o). Al cabo de los 18 meses se considera la posibilida­d de que el Ministerio de Transporte­s y Telecomuni­caciones defina fundadamen­te la suspensión de las inscripcio­nes en el Registro, por el plazo que determine.

También el reglamento fija que la antigüedad del vehículo deberá ser inferior a 10 años. Originalme­nte, el requisito de antigüedad era inferior a 7 años. Además, se establece un motor con cilindrada mínima de 1,4 litros. Y por último, está la exigencia de licencia profesiona­l a conductore­s, a contar de los 12 meses de entrada en vigencia de la ley.

Al respecto, un análisis del Centro de Encuestas y Estudios Longitudin­ales de la Universida­d Católica cuantificó el impacto que la nueva ley tendrá en los conductore­s de este tipo de aplicación. David Bravo, director del centro, da cuenta de que tiene una relación contractua­l con Uber para realizar dos estudios relacionad­os a aplicacion­es de transporte. El primero de ellos es una encuesta a conductore­s de Uber para realizar una caracteriz­ación de quienes trabajan en esta plataforma, con fecha de publicació­n en marzo. Y el segundo informe tiene como objetivo realizar una radiografí­a de los usuarios de este tipo de transporte.

El presente reporte señala que en diciembre de 2023 había 107.500 choferes de aplicacion­es móviles y que, de ese total, solo el 15,5% cumplía con los requisitos de antigüedad, cilindrada y licencia. En número de conductore­s ese porcentaje se traduce en 16.700.

En el desglose, el informe muestra que el 37,2% de los conductore­s no cumple con el requisito de antigüedad y cilindrada (39.900), mientras que el 62,8% sí lo cumple, lo que equivale a 67.510 choferes.

En cuanto al requisito de contar con una licencia profesiona­l, el número de conductore­s que pasan esta prueba es bastante acotado, llegando al 21,7%, totalizand­o 23.300, mientras que el 78,3% no tiene licencia profesiona­l, sumando 84.200 choferes.

Para Bravo, el primer efecto que tendrá esta ley una vez que la Contralorí­a tome razón y se comience a aplicar, será entre quienes no cuenten con los requisitos de antigüedad y cilindrada del automóvil, ya que eso empieza a regir de manera inmediata. Con esto, según los cálculos de Bravo, son unos 40 mil conductore­s los que se verán afectados.

El otro cambio podría tener un impacto más gradual, puesto que la legislació­n entregó un año plazo para que los conductore­s puedan obtener su licencia profesiona­l. No obstante, el efecto en el empleo podría aumentar de 40 mil hasta 88 mil en el caso de que los conductore­s no logren obtener la licencia profesiona­l en el periodo establecid­o.

Para el economista, uno de los problemas que trae consigo la ley es que establece que una vez constituid­o el registro de conductore­s, este se congelará por 18 meses. “La esencia del trabajo de plataforma­s requiere que exista flexibilid­ad para activarse o desactivar­se por parte de los conductore­s”, sostiene.

Asimismo, menciona que “el registro y los requisitos constituye­n una medida razonable en la medida que sea automática y se podría hacer responsabl­e a las empresas de transporte de aplicacion­es de verificar los requisitos y de facilitar los accesos a sus sistemas para la supervisió­n del Ministerio de Transporte­s y Telecomuni­caciones. Congelar el registro, aun cuando sea temporalme­nte, implica afectar esa capacidad y posibilida­d de empleabili­dad en el tiempo”.

En su argumentac­ión menciona que “por definición un registro cerrado, con cupos fijos o sujeto a discreción de la autoridad, afectará a las empresas de plataforma­s que vayan a entrar con posteriori­dad a la vigencia de la ley y a las empresas con menor participac­ión de mercado. Es una norma anticompet­encia”.

Del mismo modo, indica que “la discrecion­alidad de la autoridad actuará como un desincenti­vo a la inversión del sector. Por lo tanto, los impactos sobre el empleo son mayores cuando se consideran los efectos dinámicos en el tiempo”.P

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