Aborto, derecho limitado en región
COMO EN COLOMBIA, TIENE CONDICIONES. ARGENTINA ABRE DEBATE.
El derecho al aborto, cuya aprobación generó acalorados debates en el Senado argentino, es inexistente o muy limitado en la mayor parte de los países latinoamericanos.
Solo en Cuba, Uruguay y México Distrito Federal las mujeres pueden abortar de forma gratuita y libre; en el primer caso antes de las diez semanas y en los dos últimos antes de la semana duodécima.
En otros países como Guatemala, Perú, Venezuela, Ecuador o Bolivia esta práctica es ilegal excepto en algunos casos, básicamente cuando el embarazo pone en peligro la vida o la salud de la mujer, o en caso de violación. Esos dos son los supuestos en los que la ley Argentina autoriza actualmente el aborto, lo cual se quiere cambiar con la despenalización hasta la semana catorce de gestación.
Brasil admite el aborto en los casos de violación, riesgo de muerte para la madre y anencefalia (fetos sin cerebro), y Colombia, si hay peligro para la mujer, malformación grave del feto y en casos de violación, incesto o inseminación artificial no consentida. En Panamá la despena- lización es solo para los supuestos de violación y riesgo de vida para la madre, mientras que Paraguay únicamente permite la interrupción del embarazo cuando la vida de la mujer está en peligro. En abril de 2015 las autoridades paraguayas rechazaron abortar el embarazo de una niña de 10 años supuestamente violada por su padrastro, lo que generó polémica.
En El Salvador, Honduras, Nicaragua, Surinam, Haití y República Dominicana el aborto está prohibido en todas las circunstancias y en República Dominicana el Gobierno aprobó, en diciembre de 2014, reformas al Código Penal para eliminar la prohibición total del aborto y abrir el camino a su despenalización en ciertos supuestos, pero un año después el Tribunal Constitu- cional anuló las reformas.
El aborto estuvo también totalmente prohibido en Chile desde 1989 hasta 2017, cuando se despenalizó en tres supuestos: riesgo de vida de la mujer, inviabilidad fetal y violación. El 30 de junio de 2018 el Gobierno chileno modificó su criterio respecto a la objeción de conciencia en el reglamento de la ley que despenalizo el aborto en tres causales.