Medidas urgentes en seis cárceles
La Corte Constitucional ordenó una serie de medidas urgentes al Gobierno Nacional y al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), por la grave situación humanitaria que persiste en el sistema carcelario en el país.
La Corte declaró de nuevo el estado de cosas inconstitucional en materia carcelaria, al estimar que “los derechos de las personas privadas de la libertad son violados de manera masiva y generalizada; las obligaciones de respeto, protección y garantía derivadas de tales derechos han sido incumplidas de forma prolongada (y) el sistema ha institucionalizado prácticas inconstitucionales dentro de su funcionamiento cotidiano”.
La Corte indicó que “si todas las personas privadas de la libertad, que se ven enfrentadas al mismo estado de cosas presentaran tutelas, el sistema se congestionaría aún más de lo que está ocurriendo”.
Penas cumplidas
Por ello, la Corte ordenó de forma inmediata que se conforme una “brigada jurídica”, para que en tres meses entreguen “la mayor cantidad de solicitudes de libertad que, según el orden jurídico, deban ser reconocidas” en las prisiones Modelo de Bogotá, de Cúcuta, la cárcel Tramacúa de Valledupar, de Barrancabermeja, la de San Isidro Popayán y Bellavista en Medellín. Esto aplicaría para penas cumplidas.
“Si en tres años no se han adoptado las medidas adecuadas y necesarias para que los establecimientos carcelarios dejen de ser, en su diseño y funcionamiento, contrarios a la dignidad humana y a los derechos fundamentales de las personas privadas de la libertad, estos deberán ser cerrados hasta tanto se aseguren condiciones de reclusión respetuosas de la dignidad y se aseguren el goce efectivo de derechos”, señala la sentencia.
También ordenó que en dichos penales se ajusten los horarios de comida “al común de la sociedad”, que haya agua potable en cantidad y frecuencia requeridos por los internos, que la comida esté en óptimas condiciones de conservación, preparación y nutrición, que el sistema sanitario y los baños estén en buenas condiciones.
En 48 horas se deberán comenzar a implementar estas medidas y en dos meses se deberá rendir un informe sobre el cumplimiento de las órdenes de aplicación inmediata