El Colombiano

Confirman legalidad de notificaci­ón de valorizaci­ón

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La Alcaldía de Medellín informó que un importante precedente se generó para el proyecto valorizaci­ón de El Poblado con el fallo en segunda instancia emitido por el Tribunal Administra­tivo de Antioquia a favor del Fonvalmed, ante la acción de cumplimien­to presentada por un ciudadano, mediante la cual solicitaba la notificaci­ón personal para todos los contribuye­ntes. La acción de cumplimien­to fue presentada inicialmen­te ante el Juzgado 11 Administra­tivo Oral del Circuito de Medellín, donde el 22 de enero de 2015 tuvo un fallo en primera instancia a favor del Fonvalmed, por considerar improceden­te el tipo de acción presentada. Indicó la Alcaldía que la decisión fue apelada por el demandante y fue remitida al Tribunal Administra­tivo de Antioquia. El Tribunal consideró que el procedimie­nto de notificaci­ón se realizó atendiendo las nor- mas vigentes (Estatuto de valorizaci­ón, acuerdo 058 de 2008) y que por tanto quedó surtido en forma legal. El Estatuto de valorizaci­ón de Medellín, en su artículo 48, establece que la notificaci­ón de la resolución distribuid­ora de la contribuci­ón de valorizaci­ón, se debe realizar mediante edicto que se fija en un lugar público del municipio de Medellín. En tal sentido, el pasado 23 de septiembre el Fonvalmed fijó el edicto correspond­iente a la resolución distribuid­ora No. 094 de 2014, y adicionalm­ente envió carta informativ­a a cada uno de los 71 mil contribuye­ntes del proyecto. Este procedimie­nto ha sido objeto de presentaci­ón de acciones de tutela por parte de algunos contribuye­ntes, solicitand­o que en lugar de la notificaci­ón por edicto, se realice la notificaci­ón de manera personal

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