El No ganó por engaño: Consejo de Estado
El Consejo de Estado señaló que el triunfo del No fue producto del engaño. También pidió agilizar refrendación. El CD defendió los argumentos usados.
En un auto admisorio de una demanda de nulidad electoral contra el plebiscito, la magistrada Lucy Jeannette Bermúdez, del Consejo de Estado, pidió medidas cautelares.
El auto admisorio de una demanda de nulidad electoral ante el Consejo de Estado (CE) contra el plebiscito, revivió la pugna sobre la presunta ilegitimidad del resultado, luego de las declaraciones de Juan Carlos Vélez, gerente de campaña de uno de los movimientos del No.
La magistrada Lucy Jea
nnette Bermúdez, de la Sección Quinta, afirmó que el triunfo del No en el plebiscito “fue el producto de la violencia por engaño a que fueron sometidos los colombianos por parte de quienes impulsaron dicha campaña”.
Además, la ponente decretó medidas cautelares de urgencia y ordenó al Congreso de y al presidente “avanzar con la implementación”. A la Corte Constitucional la exhortó a priorizar la resolución de las demandas que tiene el Acto Legislativo 01 de 2016.
Las implicaciones legales
Un auto no es una sentencia, sino el inicio de un proceso. No obstante, Andrés Úsuga, docente de Derecho Constitucional de Bolivariana, dijo que muestra para donde iría el fallo de fondo.
“No se conoce la Sentencia de la Corte Constitucional sobre el fast track, y según el comunicado será ambigua. Ante el rechazo que ha generado esa decisión, la Sentencia saldrá muy moderada, y no le va a dar la razón en todo al Gobierno, y por eso necesitan que otra corte, como el Consejo de Estado, ayude a “cuñar”.
Para Jorge Iván Cuervo, docente investigador del Externado, se trata solo de la admisión de una demanda. Agregó que es probable que el caso de la campaña del No llegue luego a Sala Plena, por la trascendencia del mismo. Esa discusión podría durar medio año.
“La admisión tiene un impacto mediático en el sentido de que una instancia judicial de alto nivel considere que pudo haber engaño al elector. Cuando se tomen decisiones ya van a ser inaplicables por el avance de la refrendación”.
Las medidas cautelares
Cuando se admite una demanda los demandantes piden medidas preventivas para evitar una serie de perjuicios. Por
ejemplo, ante la demanda de un acto administrativo, que está cumpliendo efectos jurídicos, se solicita su suspensión mientras se decide.
Para Cuervo en este caso las medidas son inocuas, porque el Congreso ya está implementando los acuerdos, y la Corte Constitucional avanza en las otras demandas relacionas con el plebiscito.
Úsuga dijo que le llama la atención que una demanda de la semana pasada tenga un auto de 107 páginas. “La magistrada tenía preparado hace rato la argumentación. No fue algo espontáneo”.
Los efectos políticos
La oposición declaró como ilegítimo el acuerdo y la decisión sobre el fast track. Por esto Úsuga afirmó que la decisión del CE es para ayudar a darle legitimidad al Gobierno, que está bastante cuestionada.
Patricia Muñoz Yi, docente de Política de la Javeriana, dijo que esta manifestación le brinda elementos al Gobierno y a quienes lideran la implementación para insistir en que la victoria del No estuvo cargada de engaños. “Podría ser usado para contrarrestar a los líderes de No, que denuncian que la voluntad de las mayorías no se hizo visible en el proceso de revisión”.
Luisa Fernanda García, docente de Jurisprudencia del Rosario, argumentó que es una estrategia para deslegitimar el resultado del plebiscito del 2 de octubre. “Con ello la participación directa no será un obstáculo para implementar el acuerdo a través del fast track. Esto habla muy mal de la rama judicial”.
La senadora Paloma Valencia, del Centro Democrático, consideró que ese auto es grave porque el CE decidió violentar la democracia colombiana. “Están entrando en un terreno delicado, porque tendrían que probar que efectivamente todos los colombianos fueron engañados, no solo imaginarlo. No pueden tratar las mayorías como ineptas”