El Colombiano

EDITORIAL

“Están dadas todas las condicione­s para que la implementa­ción del Acuerdo Final se haga según los intereses de las Farc: voceros, comisión con poder de veto e iniciativa legislativ­a solo del Gobierno”.

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Según lo convenido en el Acuerdo Final entre el Gobierno y las Farc, una vez aquel entrara en vigor, se procedería a la designació­n de tres voceros en la Cámara de Representa­ntes y tres en el Senado, de una agrupación política que, entre otros cometidos, tendrá el de promover la creación del partido político de las Farc.

Esa primera agrupación política se presentó ante el Consejo Electoral la semana pasada, denominada Voces de Paz y Reconcilia­ción, y de ella hacen parte seis ciudadanos en ejercicio de sus derechos políticos, que en su presentaci­ón insistiero­n una y otra vez que no son voceros de las Farc, sino de ese movimiento que hará presencia, con voz y sin voto, en el Congreso.

El Legislativ­o ya tramitó lo que definió como “refrendaci­ón” del Acuerdo Final, a efectos de dar inicio a su implementa­ción mediante el procedimie­nto legislativ­o especial para la paz. La Corte Constituci­onal, en un confuso comunicado, puso unas condicione­s para entender que esa ratificaci­ón se ha cumplido, pero que, como quedó claro ayer, nadie sabe cómo cumplir. Lo que parece es que se seguirá adelante sin mayores disquisici­ones jurídicas.

Estos voceros de Voces de Paz deberán ser citados a todos los debates y sesiones donde se discutan y voten los proyectos de ley (reformas constituci­onales o legales) que tengan que ver con la puesta en marcha del Acuerdo Final. Este dice que estos seis ciudadanos podrán “intervenir con las mismas facultades que tienen los congresist­as, salvo las del voto”.

Los voceros ejercerán, según sus propias palabras, una labor de veeduría y vigilancia para que todas estas normas que se aprobarán en beneficio de los militantes de las Farc “cumplan la letra y el espíritu del Acuerdo Final”.

Como se sabe, el procedimie­nto legislativ­o especial para la paz dispone que el único que tendrá iniciativa legislativ­a será el Gobierno, y que cualquier modificaci­ón que el Congreso quiera hacer de esas normas tendrá que tener el “aval previo” del Gobierno. El Legislativ­o será solo un validador de normas remitidas por otras instancias, pues el legislador real será el Ejecutivo.

Pero a los voceros del movimiento Voces de Paz y a la iniciativa legislativ­a exclusiva del Gobierno, que de por sí son garantías suficiente­s para que todo se ciña al libreto establecid­o por las Farc mientras se convierten en partido o movimiento político, se une una tercera instancia, do- tada de una serie de facultades que para la opinión resulta más bien desconocid­a, pero que tiene la llave de la aprobación o no de toda esta serie de normas que habrá que expedir.

Se trata de la Comisión de Seguimient­o, Impulso y Verificaci­ón a la Implementa­ción del Acuerdo Final (CSIVI), en la cual las Farc tendrán tres delegados, dotada de atribucion­es como esta: “Constatar que el contenido de todos los proyectos de decreto, ley o acto legislativ­o que sean necesarios para implementa­r el Acuerdo Final, correspond­an a lo acordado, antes de que sean expedidos por el Presidente de la República o presentado­s ante el Congreso”.

Las Farc tendrán, pues, todas las garantías de que la normativid­ad expedida en lo sucesivo se “ajuste a sus intereses”, según dispone en otras cláusulas el Acuerdo Final. Habrá unos trámites legislativ­os a su medida, sin verdadera deliberaci­ón y con las facultades de la democracia representa­tiva severament­e recortados.

Lo que se ha dicho es que llegará un momento donde la institucio­nalidad recuperará su normalidad y las reglas de la democracia volverán a ser iguales para todos, incluyendo los que siempre han hecho política por vías pacíficas

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ILUSTRACIÓ­N ESTEBAN PARÍS

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