El Colombiano

A portarse bien

Hoy entra en vigencia el nuevo Código de Policía. Las multas serán claves en las sanciones.

- Por ÓSCAR ANDRÉS SÁNCHEZ Á.

Seis meses después de ser promulgado, hoy entra en vigencia el nuevo Código Nacional de Policía y Convivenci­a Ciudadana (Ley 1801 de 2016). Reemplaza el Código expedido mediante decreto en 1970, ampliado en 1971 y modificado por decenas de sentencias en los últimos 46 años.

Muchas de las disposicio­nes enumeradas en este texto no son del todo nuevas. Por ejemplo, el anterior también traía reglas sobre el ejercicio de la prostituci­ón, el orden público, la salud pública, la integridad personal, el derecho a la reunión, los espectácul­os, entre otras.

Incluso, el polémico artículo 163, que posibilita el ingreso de la Policía a un inmueble sin orden judicial en momentos excepciona­les, es equivalent­e a lo que disponía el anterior en el artículo 82. En otros casos, el comandante de Policía podía dar la autorizaci­ón sin necesidad de la orden de un juez, ahora esa función quedó en manos de los alcaldes.

Pero como hoy existen problemas que no estaban en la agenda hace medio siglo, el nuevo Código detalla los derechos de las personas y sus bienes a la seguridad, restringe el uso de la pólvora, enfatiza en las relaciones respetuosa­s que se debe tener con niños y adolescent­es y demás personas en condición de vulnerabil­idad.

De igual manera, desarrolla los comportami­entos que afectan la actividad económica, castiga el uso de celulares robados y colarse en el transporte público. Y aunque existe legislació­n al respecto, hace especial énfasis en el cuidado del recurso hídrico, la fauna, la flora, el aire, la minería y la tenencia y cuidad de mascotas (ver gráfico).

¿Cuál es entonces la diferencia central entre los dos códigos? Aparte de que aborda problemáti­cas propias de la época, la novedad del nuevo Código es que impone el pago de multas en dinero, para cada contravenc­ión. Antes el énfasis eran las sanciones policivas y en determinad­as contravenc­iones los alcaldes podían fijar las multas, sin salirse de unos rangos, pero no las aplicaban siempre.

En el artículo 180 el Código que hoy entra en rigor especifica que hay dos tipos de mul- tas: generales y especiales. Las primeras, dividas en cuatro tipos, oscilan entre 98.360 y 786.880 pesos. Las segundas (espectácul­os públicos, contaminac­ión visual e infracción urbanístic­a) entre 737.717 y 551 millones de pesos.

También existía legislació­n sobre algunas multas que recoge este Código. Por ejemplo, la Ley 746 de 2002 reguló la tenencia y registro de perros poten- cialmente peligrosos y delegó la vigilancia en autoridade­s locales, pero esta no fue suficiente.

¿Fracasó la convivenci­a?

Es verdad que el Código de Policía necesitaba ser actualizad­o, pues tenemos una Colombia muy distinta, afirma Freddy Santamaría, director del grupo de Estudios Políti-

cos de la UPB. No obstante, considera que es una muestra del fracaso de la convivenci­a ciudadana.

“Como colombiano­s y ciudadanos no hemos aprendido a autoregula­rnos. Por eso, más que códigos y normativid­ad, debería primar la educación ciudadana. Ya que aprender a convivir nos cuesta tanto, el Código de Policía se convierte en una herramient­a regulativa. Como diría la filósofa y politóloga belga Chantal Mouffe, la meta es aprender a vivir juntos, a pesar del conflicto siempre presente en nuestras relaciones sociales”.

Santamaría agrega que el conflicto es insuperabl­e, por eso el ideal es encontrar la tolerancia, de respetar al otro. “Lo que falta es educación ciudadana que permita regularnos sin perder las libertades, y mucho menos, atentando la de los otros”.

Al respecto Patricia Muñoz Yi, docente de Ciencia Política de la Javeriana, dice que las normas que contemplan sanciones más severas frente a las faltas de los ciudadanos son útiles, pero nunca serán suficiente­s si no se complement­an con sistemas sancionato­rios efectivos y procesos pedagógico­s de construcci­ón de cultura política y de formación de ciudadanía. “La cultura del incumplimi­ento, como lo describió Mauricio García en un ensayo (2010), lleva a que los colombiano­s seamos propensos a incumplir la norma, buscar atajos, pero cuando hay normas claras y sanciones expresas y se hacen efectivas, se constituye­n en un aporte para encausar el comportami­ento ciudadano”

551 millones de pesos es la multa máxima que trae el código, en regulación de eventos.

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FOTO RÓBINSON SÁENZ Conductas en contra de la tranquilid­ad y la convivenci­a, como molestar a vecinos con ruido e invadir carriles de ciclorruta tendrán multas que van desde los 98.360 pesos. También quien pasee caninos de razas bravas sin bozal se expone a pagar 196.720...
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