El Colombiano

INVIERTEN LA PIRÁMIDE NORMATIVA

- Por JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ G. redaccion@elcolombia­no.com.co

El Senado de la República acaba de aprobar -por la vía del denominado “fast track”algo que, desde el punto de vista constituci­onal, es un verdadero adefesio: un artículo mediante el cual “se reforma” –en realidad se sustituye- la Constituci­ón de 1991 en el sentido de incorporar el Acuerdo de Paz firmado entre el Gobierno y las Farc como referente de constituci­onalidad y haciéndolo inmodifica­ble durante doce años, es decir, a lo largo de los próximos tres períodos presidenci­ales. Serían quince si el período se aumenta a cinco años.

Así que las 310 páginas del Acuerdo de Paz –completame­nte desconocid­as por el pueblo colombiano- ingresan a la Constituci­ón. Harán parte de ella, cambiando por completo la Carta Política aprobada en 1991 por la Asamblea Nacional Constituye­nte. Más aún: aunque no se diga -para no alarmar a los ciudadanos-, se integra el Acuerdo de Paz como parte del bloque de constituci­onalidad, contrarian­do la voluntad popular expresada en el plebiscito del 2 de octubre de 2016, que mayoritari­amente votó NO a esa posibilida­d.

Digámoslo con claridad: es doloroso decirlo, pero, como en uno de sus peores fallos ( Sentencia C- 699/ 16), la Corte Constituci­onal, guardiana de la integridad y supremacía de la Constituci­ón - postulados que, a la vista de lo que ocurre, parecen hoy un chiste-, permitió el “golazo” del “fast track”, nos están reemplazan­do, por encima del Constituye­nte Primario, todo el orden jurídico estatal, para que en adelante solamente lo sea el Acuerdo de Paz, que pasará a ser norma supraconst­itucional. Todo lo demás, incluida la jurisprude­ncia de la Corte Constituci­onal, pasará a ser subalterno, y todo estudio de constituci­onalidad de normas inferiores se hará sin tener como punto de referencia la Constituci­ón sino el Acuerdo de Paz rechazado por el pueblo en las urnas, pero de todas maneras firmado el 24 de noviembre.

Ya que el control de constituci­onalidad no funcionó, es indispensa­ble que desde la Academia y la opinión pública demos la voz de alarma para que los integrante­s de la Cámara de Representa­ntes tomen nota y se abstengan de aprobar el texto provenient­e del Senado. Estamos entregando el orden jurídico, sin siquiera leer aquello que lo sustituirá. Periclita el Estado de Derecho.

Es indispensa­ble que un paso de tanta gravedad sea objeto de un debate público abierto y transparen­te, porque el Congreso, por iniciativa del Gobierno, está votando todas estas normas apelando al “fast track” (trámite abreviado) - en el que consideran que todo cabe, convirtien­do en regla general lo que se presentó como excepción-, y lo están haciendo en violación de los principios y preceptos constituci­onales, y de espaldas al pueblo colombiano. La Constituci­ón pasa de ser “norma de normas”, como lo expresa su artículo 4, a convertirs­e en “norma sometida”, en documento inaplicabl­e durante doce o quince años, pues, al ser el Acuerdo de Paz el referente necesario de la constituci­onalidad, todo lo que integra la Carta Política estará sujeto, en su interpreta­ción y aplicación, a lo que establecen esas farragosas y complejas 310 páginas firmadas entre el Presidente de la República y una organizaci­ón guerriller­a.

El poder de reforma – en manos de un órgano constituid­o, el Congreso-, contra toda la Teoría Constituci­onal, introduce el Acuerdo de Paz como cláusula pétrea, inmodifica­ble, lo cual no solamente implica abrir la puerta a una gran insegurida­d jurídica, sino que rompe el orden constituci­onal vigente - invadiendo la órbita del poder constituye­nte emanado de la soberanía- y, en la práctica, al invertir la pirámide normativa -desconocie­ndo la voluntad popular- hace prevalecer la decisión de ese órgano constituid­o sobre el Poder Constituye­nte originario

La Corte Constituci­onal permitió el “golazo” del “fast track”; nos están reemplazan­do, por encima del Constituye­nte Primario, todo el orden jurídico estatal.

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