TUMBAN REQUISITOS DE DERECHO A REUNIÓN EN CÓDIGO
La Corte Constitucional tumbó la parte del Código de Policía que tiene que ver con el derecho de reunión, por no haberse tramitado por una ley estatutaria. Según el Código para una manifestación pública se debe pedir un permiso por escrito señalando lugar y hora. La decisión solo empieza a regir dentro de dos años, mientras que el Congreso regula el tema por la vía estatutaria. Entre tanto, las normas seguirán vigentes y si el Congreso no legisla sobre el asunto en esos dos años, no podrán seguir aplicándose.